La normativa no solo establece características técnicas específicas para luchar contra la inseguridad, sino que también forma parte de una estrategia integral para fomentar una conducción más responsable. Foto: GEC.
La normativa no solo establece características técnicas específicas para luchar contra la inseguridad, sino que también forma parte de una estrategia integral para fomentar una conducción más responsable. Foto: GEC.
Redacción Gestión

En un esfuerzo por mejorar la seguridad vial y permitir una correcta identificación de , el aprobó las nuevas especificaciones técnicas para el uso obligatorio de cascos y chalecos reflectantes, así como sus restricciones o limitaciones.

Estas medidas buscan garantizar que los implementos de seguridad cumplan con estándares de calidad que realmente protejan a los conductores y pasajeros de ; así como colaborar con su rápida identificación en beneficio de la seguridad ciudadana, frente a la ola de con este tipo de vehículos.

La normativa no solo establece características técnicas específicas para luchar contra la inseguridad, sino que también forma parte de una estrategia integral para fomentar una conducción más responsable y disminuir la siniestralidad en las vías.

LEA TAMBIÉN: Presidenta Boluarte anuncia el término de las sesiones del denominado Cuarto de Guerra

Casco de seguridad

  • Es obligatorio para conductores y pasajeros.
  • Certificación: El casco debe cumplir con normas técnicas internacionales (como DOT, ECE o similares) o nacionales reconocidas por el .
  • Características:
  1. Debe ser de tipo integral, modular o abatible (no se permiten cascos tipo “jet” o abiertos para uso urbano).
  2. Debe contar con visor transparente y sistema de retención funcional.
  3. No debe estar dañado ni modificado.
  4. Debe estar correctamente abrochado durante la conducción.
LEA TAMBIÉN: Inseguridad ciudadana: Así afecta a la economia en cuatro aspectos

Chaleco Reflectante

  • Uso obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas y mototaxis.
  • Características:
  1. Color: Preferentemente amarillo, naranja o verde fluorescente.
  2. Material: Debe ser reflectante y visible en condiciones de poca luz. El chaleco distintivo debe contar con bandas retrorreflectivas color gris plata o blanco, con un ancho mínimo de 5 cm.
  3. Placa visible: El número de placa del vehículo debe estar impreso en la parte delantera y trasera del chaleco, en letras y números legibles y reflectantes. El chaleco distintivo debe contar con una banda horizontal tanto en la parte delantera como en la posterior. En caso de haber dos bandas horizontales, estas deben estar separadas al menos 14 cm entre ellas. La banda inferior debe estar a una distancia no menor a 5 cm del borde del chaleco. Adicionalmente, el chaleco distintivo debe contar dos bandas verticales en la parte frontal, una sobre cada hombro. 
  4. El tamaño y la ubicación de la placa deben cumplir con las especificaciones del .
LEA TAMBIÉN: Uso de celulares “de segunda mano” te pueden llevar a la cárcel: ¿en qué casos?

La norma señala que la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, y la realizan acciones de sensibilización correspondiente al uso del casco de seguridad y del chaleco, a fin de concientizar a los conductores y acompañantes de motocicletas.

Agrega que, en un plazo no mayor de 90 días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, solicita a la PNP, un informe del impacto en la del uso de cascos y chalecos con las especificaciones aprobadas, a efectos de proponer mejoras, según los resultados obtenidos.

TE PUEDE INTERESAR

Boluarte: “delincuentes se valen de motos para cometer actos criminales. Esto se acabó”
PCM se muestra en contra de limitar el uso de motos desde las 6 p.m. hasta las 6 a.m.
Congreso alista regulación a la circulación de motos: ¿qué plantean?

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.