Dictamen aprobado por Comisión de Defensa del Consumidor dispone quese coloque octógonos sin excepciones por tamaño de envase. (Foto: Andina)
Dictamen aprobado por Comisión de Defensa del Consumidor dispone quese coloque octógonos sin excepciones por tamaño de envase. (Foto: Andina)

La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República

Desde el gripo de trabajo se indicó que con esta medida, se cierran los vacíos legales que permitían que ciertos productos evadan la advertencia sanitaria, fortaleciendo la transparencia en el etiquetado y la lucha contra enfermedades crónicas no transmisibles como la diabetes, la hipertensión y la obesidad.

La iniciativa modifica el artículo 10 de la Ley 30021, Ley de Promoción de Alimentación Saludable, estableciendo que las advertencias publicitarias u octógonos deben colocarse en todos los productos que superen los parámetros de azúcar, sodio o grasas saturadas, sin excepción por el tamaño del envase o etiqueta.

En el caso de etiquetas cuya área frontal sea menor a 20 centímetros cuadrados, las advertencias deberán ubicarse conforme a las disposiciones del Manual de Advertencias Publicitarias, que será actualizado por el Ministerio de Salud (Minsa) en un plazo máximo de 120 días calendario.

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Durante el debate, la presidenta de la Comisión de (JP- VP-BM) Defensa del Consumidor, congresista Katy Ugarte, destacó que esta modificación “corrige una distorsión que vulneraba el derecho de los consumidores, especialmente de los niños y adolescentes, a contar con información transparente sobre lo que consumen. No puede haber productos exonerados de advertencias solo por su tamaño; la salud pública no admite excepciones”.

El dictamen precisa que la falta de advertencias en envases pequeños —como snacks, golosinas y bebidas individuales— generaba una falsa percepción de inocuidad, induciendo al error a los consumidores de menores recursos que suelen adquirir estos productos de manera unitaria en bodegas y quioscos. “Con esta ley, ningún producto podrá escapar al control sanitario ni a la información clara. El tamaño del envase ya no será un escudo para eludir las advertencias”, sostuvo la parlamentaria.

“Esta modificación permitirá uniformizar los criterios y evitar que disposiciones reglamentarias contradigan el espíritu de la ley. Nuestro objetivo es empoderar al consumidor y prevenir enfermedades vinculadas al consumo excesivo de azúcar, sodio y grasas saturadas”, subrayo la titular de la Comisión de Defensa del Consumidor.

El dictamen se elaboró en base a los proyectos de ley: 4658/2022-CR, 6461/2023-CR y 9912/2024-CR.

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Cambios en el código de Protección y Defensa del Consumidor

En el grupo de trabajo tambien se aprobó el dictamen que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, con el objetivo de fortalecer la defensa judicial de los intereses colectivos y difusos de los consumidores. La propuesta otorga al Indecopi mayores facultades para promover demandas judiciales en representación de los consumidores afectados por infracciones comprobadas, y refuerza el rol de las asociaciones de consumidores en la defensa de derechos colectivos.

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Medidas para empresas de telecomunicaciones

En la referida comisión también se aprobó el dictamen que establece la obligación de las empresas de telecomunicaciones de informar a los usuarios sobre cualquier reducción en el plan contratado, así como de comunicar la existencia de planes alternativos que se ajusten mejor a sus necesidades.

Esta medida busca fortalecer la transparencia, evitar cobros indebidos y garantizar que los consumidores estén plenamente informados sobre los servicios que reciben, promoviendo relaciones de consumo más justas y equilibradas en el sector de las telecomunicaciones.

Dictamen aprobado por Comisión de Defensa del Consumidor dispone quese coloque octógonos sin excepciones por tamaño de envase. (Foto: USI)
Dictamen aprobado por Comisión de Defensa del Consumidor dispone quese coloque octógonos sin excepciones por tamaño de envase. (Foto: USI)

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