La ATU y la PNP llevan a cabo un operativo destinado a sancionar a los vehículos que transitan indebidamente por el carril exclusivo del Metropolitano. (Foto: Jorge Cerdan/GEC)
La ATU y la PNP llevan a cabo un operativo destinado a sancionar a los vehículos que transitan indebidamente por el carril exclusivo del Metropolitano. (Foto: Jorge Cerdan/GEC)

Los automóviles y motocicletas que invadan el carril exclusivo del estarían cometiendo la infracción G10, considerado una falta grave en el Reglamento Nacional de Tránsito. La norma conlleva una multa y puntos en contra en el récord del . En esta nota te contamos.

La vía del Metropolitano va desde el Terminal Naranjal (Independencia) hasta el Terminal Matellini (Chorrillos), lo que cubre 35 kilómetros pasando por 37 estaciones. El conductor o que transite por su carril enfrentaría una multa de S/428 (equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT) impuesta por la policía de tránsito al momento de la intervención. Además, se le agregará 20 puntos en contra en el récor del conductor, de acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito.

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PNP sanciona a 17 conductores por invadir carril del Metropolitano

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao informó que, durante un operativo realizado el día de ayer, en conjunto con la Policía Nacional del Perú (PNP), se sancionó a 17 conductores de vehículos particulares que invadieron la vía exclusiva del Metropolitano.

La intervención se realizó en la av. Tupac Amaru, cerca a la estación Honorio Delgado del Metropolitano, en el límite de los distritos de San Martín de Porres y el Rímac, donde Personal de Seguridad Vial de la ATU y efectivos policiales intervinieron a conductores de automóviles y de motocicletas particulares.

La ATU, dijo, que estas intervenciones buscan darle seguridad a la vía, prevenir contingencias operativas y salvaguardar la integridad de los usuarios y de los operadores del Metropolitano, por lo que exhortó a los conductores a respetar las vías exclusivas para el transporte público.

¿Quiénes y en qué casos se puede usar el carril?

De acuerdo con la Ley 27200, que determina cuáles son los vehículos de emergencia y oficiales, y el protocolo operativo para la circulación temporal y excepcional en las vías exclusivas del corredor segregado del , solo las unidades de emergencia como ambulancias, patrulleros de la Policía Nacional y vehículos de bomberos pueden hacer uso de dicha vía, siempre que atiendan una emergencia debidamente corroborable y circulen con luces y sirenas encendidas.

La autoridad, sostuvo, que se intensificará los operativos, en coordinación con la PNP, para detectar y sancionar a los conductores que incumplen esta disposición. Agregó, además, el compromiso de seguir impulsando acciones urgentes y concretas para mejorar el servicio de transporte público.

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