Durante el estado de emergencia, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo referido a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales. (Foto: Agencia Andina)
Durante el estado de emergencia, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo referido a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales. (Foto: Agencia Andina)

El Ejecutivo declaró por 20 días calendario, el estado de emergencia en ante el incremento de crímenes y la inseguridad ciudadana, periodo en el que la asumirá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante el, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo referido a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Carta Magna.

APOYO. Ejército también impondrá presencia en las calles. (Foto: Andina)
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Fuerzas Armadas apoyarán en el control interno

El, publicado hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, indica que la intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en decretos legislativos con los que se regula y se establecen reglas de empleo y uso de la fuerza.

Así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo N.º 002-2023-MIMP.

Dentro de los días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la Policía Nacional deberá presentar al titular del Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones ejecutadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.

La norma es refrendada por la presidenta de la República, ; el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén; y los ministros del Interior, Walter Ortiz; de Defensa, Walter Astudillo; y de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana.

Varios alcaldes de Arequipa se reunieron recientemente con la mandataria, ministros de Estado, representantes del Poder Judicial, Ministerio Público y el comandante general de la Policía Nacional, Víctor Zanabria, para solicitar la declaratoria del estado de emergencia en la ciudad sureña, debido al alto índice de inseguridad ciudadana.

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