
Escribe: Carlos Gallardo Torres, gerente general del IPE
En las últimas semanas, el MEF ha trabajado arduamente para presentar y actualizar una lista priorizada de adendas con compromisos de inversión que superarían los US$ 9 mil millones. De este monto, cerca de US$ 3 mil millones está vinculado a carreteras y la masificación del gas natural. Además, ha presentado carteras de proyectos de inversión en APP en distintos sectores, entre ellos el de transportes. Estos últimos involucran inversiones cofinanciadas –con peajes– en carreteras que superarían los US$ 8 mil millones. El MEF espera que se suscriban o adjudiquen en los próximos meses.
Casi en paralelo, el actuar de otras tres instituciones amenazan con poner en riesgo la estabilidad jurídica del país y, cuando menos, las inversiones referidas anteriormente.
1. El municipio y el peaje. La determinación con la que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) desconoce los más de S/ 900 millones en arbitrajes perdidos a causa de las controversias con Rutas de Lima (RdL) y Lima Expresa. Un Estado que quiere promover inversiones está obligado a hacer una fundamentación adecuada para caducar un contrato, algo que no hizo la MML en el caso de RdL, pero que no parece causarle preocupación alguna al Ejecutivo. Hay en riesgo más de 280 contratos de concesión adjudicados y firmados por el Estado peruano desde los noventa. Hoy es la supuesta defensa del libre tránsito, mañana será otra la justificación que lleve a suspender la aplicación de un contrato. ¿Qué inversionista querría adjudicarse un proyecto para desarrollar un corredor vial si se puede suspender el cobro del peaje y la aplicación de su contrato? ¿Quién se hará responsable del pago de los arbitrajes perdidos?
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2. El regulador y la tarifa. Osinergmin ha finalizado el proceso tarifario de la concesión de gas natural en el norte. Resulta sorprendente la diferencia entre los valores usados como insumo para establecer la tarifa en la prepublicación realizada en noviembre del 2024, en los valores presentados en la publicación en diciembre y, finalmente, en los valores usados al momento de absolver el recurso de reconsideración hace algunas semanas. Estos valores se refieren, entre otros, al reconocimiento del monto de las inversiones realizadas por el concesionario, de las tuberías construidas y de la demanda estimada de gas para el periodo 2025-2028. ¿Qué tipo de seguridad jurídica brinda una entidad cuyo modelo de determinación tarifaria parece tan voluble y aparenta priorizar la reducción tarifaria mediante la sobreestimación de la demanda y el menor reconocimiento de las inversiones necesarias?
El concesionario indica que efectuó casi el doble de las conexiones comprometidas en su contrato. Conectar más hogares se habría hecho a un costo cada vez mayor si se ve en términos de la cantidad de tuberías que se requiere para conectarlos cuando están cada vez más distantes entre sí y en zonas menos urbanas. Hacerlo y que luego se reduzca tu tarifa en 28% compromete la expansión de la cobertura de gas cuando lo que se quiere es masificarla. El mensaje es terrible: ¿era mejor no hacer más conexiones y en zonas más alejadas? Así, esta determinación de tarifas no solo afecta las concesiones vigentes, sino que resta atractivo a las inversiones en el sector. ¿Qué inversionista querría adjudicarse la gran tarea de masificar el gas si no hay detrás un proceso de determinación tarifaria lo suficientemente técnico? ¿Qué hará el Minem para remediar esto?
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3. El Congreso y la masificación. En la víspera de Semana Santa, el Congreso aprobó por insistencia un proyecto de ley que aprueba la tarifa única, algo que ya había hecho en noviembre del 2023 y que fue observado por el Ejecutivo en diciembre de ese año. El problema es que lo aprobó con un umbral que es muy bajo: 50 mil metros cúbicos de gas natural mes equivale al 6% del umbral propuesto por el Minem (900 mil), lo que en la práctica deja dentro de su aplicación principalmente solo al sector residencial y pequeños negocios.
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Pero el 86% del consumo de gas natural proviene de la generación eléctrica y la industria. Es lo que hace viable la construcción de ductos y la distribución de gas a algunas regiones, y lo que explica por qué es menos viable en otras. Al no aplicarle la norma a este segmento no se logrará la reducción de la tarifa pues, si esta se aplica solo a quienes consumen muy poco –usuarios residenciales y pequeños negocios–, no habrá forma de compensar los costos de llevar gas a otras zonas del país. Ello dificultará las inversiones en infraestructura de ductos y redes de distribución. ¿Cómo el Congreso puede reclamar la escasa masificación del gas y aprobar cuatro años tarde una norma que no es óptima para lograr ese objetivo? ¿Cómo se alinea la aprobación de esta norma con el objetivo del Ejecutivo de encontrar una solución para el Cusco y el sur para que el gas natural les llegue de manera eficiente?
Tener un MEF determinado ya es bastante. Pero, si queremos más inversiones ejecutándose, necesitamos a todo un Estado promoviendo más inversiones, que comprenda que es uno solo frente a los inversionistas y que una de sus prioridades debe ser el velar por la seguridad jurídica.
