Escribe: Mario Reggiardo, Socio de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados
El arbitraje es el modo cómo en Perú la gran y mediana empresa soluciona sus controversias. Eso es lo que varias personas creen a partir de que en nuestro país casi toda operación de envergadura tiene un acuerdo para ir a un arbitraje en caso de conflicto. En muchos casos suele ser más rápido, profesional y honesto que el servicio de justicia ordinario. Pese a algunos prejuicios que existen sobre su costo, el arbitraje puede servir también para que empresarios pequeños puedan tener sus derechos protegidos de un modo más eficiente. Ese es uno de los retos del Grupo de Trabajo Multisectorial para optimizar la normativa que regula el arbitraje, creado hace unos días por el Ministerio de Justicia.
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Un objetivo del grupo de trabajo debe ser parar la ilegal actuación de centros de arbitraje que empiezan a proliferar para asaltar a la parte demandada, sin acuerdo previo para usar dicho centro o incluso sin convenio para ir al arbitraje. Hoy se están perjudicando no solo empresarios privados honestos, si no sobre todo los contribuyentes cuando el Estado peruano es desangrado por mecanismos poco transparentes, nada profesionales y con reglas absolutamente parcializadas a favor del demandante. Hay centros arbitrales perversos que están actuando impunemente frente a la inoperancia del Ministerio de Justicia.
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Otro peligro creciente son algunos pocos jueces que están volviendo a desnaturalizar el arbitraje. Paralizan procedimientos indebidamente pese al acuerdo inicial de las partes de no acudir al Poder Judicial. Estas decisiones desconocen incluso los precedentes vinculantes que el Tribunal Constitucional emitió en el caso de Sociedad Minera María Julia, donde establece los supuestos excepcionales en los que jueces pueden intervenir el sistema arbitral. El grupo de trabajo podría proponer que se establezcan legislativamente, de modo expreso, esos candados ya desarrollados por el Tribunal Constitucional en sus precedentes vinculantes.
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Cambios adicionales pueden estar dirigidos a una mayor transparencia en la revelación de conflictos de intereses, promover arbitrajes acelerados para cuantías y complejidades menores, así como asegurar la real deliberación del laudo por los árbitros. Se necesitan pocos ajustes. La legislación peruana sobre arbitraje comercial es muy buena. Está vigente desde el 2008 y, en el contexto de la negociación del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, fue preparada para modernizar el arbitraje. Se basó en la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. También es acorde con el Convenio de Nueva York para el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras. Este último cuenta con 172 países que son parte y lo hace uno de los tratados con más adherentes en el planeta.
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El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por 11 miembros, con solo dos de ellos del sector privado. La norma que lo crea dispone que el Grupo tiene facultades para convocar instituciones especializadas. Por ello es esencial que convoquen a centros arbitrales honestos, académicos de prestigio, árbitros reconocidos y gremios empresariales, a fin de recibir y escuchar las sugerencias de los principales usuarios del arbitraje. Desde esta orilla existe la mejor disposición para apoyar en la mejora del sistema arbitral, lo que redundará en más cumplimiento de los contratos, estímulo de las inversiones y bienestar de los peruanos.
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