Escribe: Jorge Picón Gonzales, abogado especializado en materia tributaria
No hace falta ser vidente para predecir ciertas cosas alrededor de la actividad gubernamental: lo que iba a pasar con Petroperú, la sobrecargada burocracia estatal, la informalidad, el previsible despilfarro fiscal del 2025, entre otras cosas. Todas nos llevan a un incremento del déficit fiscal, ya muy por encima de lo aconsejable y permitido.
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Nuevos tributos como el IGV a Netflix y similares o el ISC a las apuestas online no van a generar una recaudación relevante y empezará la presión de la Sunat por definir cómo generar más ingresos. Ya en los últimos meses ha enviado más de 5 tipos de esquelas masivas (miles) sobre distintos temas.
Lo más preocupante es la agresividad y falta de conocimiento que se viene mostrando en las fiscalizaciones al sector fomal (la informalidad e ilegalidad no se tocan). Se ha atiborrado a las empresas de requerimientos abstractos y kilométricos, con plazos ajustados imposibles de cumplir:
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- Como es costumbre, casi todos los requerimientos son sobre deducción de gastos.
- La ley es como el juego “twister”, con tantas reglas que complican su cumplimiento y Sunat lo sabe (cuenta con ello).
- Se están haciendo requerimientos genéricos sobre la fehaciencia de las facturas de los proveedores. No basta con tener contratos y facturas, hacen falta documentos que demuestren que el bien o servicio adquirido existieron.
- ¿Qué se pide exactamente? Si bien la respuesta es dudosa, en agosto de este año la Sunat publicó una “Guía de Referencia” sobre la fehaciencia de ciertas operaciones. Si bien no recomiendo su seguimiento al pie de la letra (es casi imposible), conviene revisarla porque los auditores sí la están siguiendo al detalle.
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- Sobre la fehaciencia de operaciones la Sunat está cometiendo abusos y enormes errores legales, asumiendo que el contribuyente no conoce sus derechos (y quizás en el 80% de los casos). Por ejemplo: desconocer la fehaciencia de bienes que indiscutiblemente son reales (construcciones, carreteras, otros) y en esto casos, cuando el contribuyente demuestra el pago mediante transferencia bancaria, la carga de la prueba se traslada a la Sunat; o, requerir demostrar la fehaciencia de la cuenta del costo de producción de empresas industriales (el costo de procesos industriales se arma de diversas adquisiciones hechas en distintos momentos del tiempo), entre otros.
- Se están revisando los medios de pago de no domiciliados, para ver si se pagó a tiempo para su deducción (desde 2019) o si se ha pagado a un tercero y se avisó a Sunat (desde 2023) con la intención de desconocer la deducción.
- Parece también que la Sunat ha iniciado antes los cierres poco analizados de fiscalizaciones, a fin de darle al contribuyente la “oportunidad” de acogerse al fraccionamiento especial que vence este 20 de diciembre. Esa parecía la intención en el mes de octubre, pero estando a fines de noviembre, es difícil que lo logren.
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Independientemente del criterio de la Sunat, usted debe verificar: ¿entregué la documentación que sustenta mi posición? ¿he cumplido con la norma? Porque si es así, a diferencia de lo que el Ministerio de Economía ha afirmado sobre las impugnaciones de los contribuyentes, usted tiene todo el derecho de litigar los reparos de la Sunat.
Creo que lo peor aún está por venir. El volumen está subiendo. Se viene la fiscalización electrónica, los cruces internos e internacionales. El control es indispensable, pero no el uso indiscriminado y abusivo de las facultades legales.
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