Sergio Barboza, Socio DLA Piper
El festín populista al que asistimos desde buen tiempo atrás no escatima en racionalidad legislativa ni se circunscribe a ciertas trincheras ideológicas. Como un tsunami viene erosionando de manera transversal a todas las instituciones e industrias, siendo el sistema financiero (y previsional, por cierto) un blanco permanente y, muy especialmente, el crédito de consumo que, por su naturaleza, lidera la agenda de aquellos que penosamente desean ganar posicionamiento ante los segmentos más vulnerables en contextos de ciclos económicos adversos como el que vivimos.
Veamos. En diciembre de 2020 el Congreso aprobó la Ley 31143 (Ley que protege de la usura a consumidores de servicios financieros) que, entre otros aspectos, incorporó límites a las tasas de interés en el sistema financiero para créditos de consumo y MYPE. De acuerdo a un Reporte de Estabilidad Financiera del BCRP, la ley generó entre mayo y diciembre de 2021 un impacto negativo en 226 mil clientes, de los cuales 127 mil fueron excluidos de la cartera de créditos, y el resto excluidos del proceso de bancarización. Es decir, casi un cuarto de millón de peruanos fue afectado en sólo 8 meses por una ley cuyos efectos fueron insistentemente anticipados por las autoridades y gremios especializados en la materia y, peor aún, cuando Chile y Colombia habían implementado estas regulaciones con resultados similares.
Pero si pensamos que la ley antes descrita fue un hecho aislado y quedan dudas del ataque sistemático contra la banca y el crédito de consumo en particular, analicemos - únicamente por cuestiones de espacio- 5 proyectos de ley que hoy se discuten en el Congreso:
i) Proyecto 731-2021: propone modificar la Ley de Bancos para otorgar un reconocimiento de “buen pagador” a aquellos deudores (de crédito de consumo) que hayan efectuado pagos puntuales de las cuotas pactadas por un período de 6 meses consecutivos. Al recibir este reconocimiento, la institución financiera (IF) modificaría la calificación crediticia del deudor (a una de menor riesgo) y mejoraría la tasa de interés. En otras palabras, los depositantes de las IF premiarían indirectamente a quien paga puntualmente -como corresponde- sus deudas.
ii) Proyecto 1564-2021: propone que el monto total de la tasa de interés compensatorio sea dividido de forma prorrateada, equitativa y proporcional al número de cuotas programadas de acuerdo al plazo del contrato pero, como resulta evidente, es materialmente imposible aplicar una fórmula única a la dinámica bancaria, donde se opera con tarjetas de crédito, créditos con doble cuota, períodos de gracia, créditos refinanciados, reprogramados, además de desconocer que en un crédito el monto de intereses se calcula sobre el saldo de capital pendiente de pago, que disminuye conforme se cumpla el cronograma de pagos.
iii) Proyecto 1538-2021: busca prohibir el cobro de la comisión de membresía en todas las tarjetas de crédito, y establecer que los beneficios asociados a tarjetas (acceso a salones vip en aeropuertos, seguros, descuentos, puntos, millas, canjes de productos, programas de fidelización, entre otros) no puedan ser financiados con el cobro de comisiones. Curiosamente, los promotores del proyecto desconocen que el Reglamento de Conducta de Mercado de la SBS ya obliga a las IF a ofrecer, dentro de su portafolio de productos, una tarjeta de crédito que no cobre comisión de membresía, sin considerar que este tipo de regulaciones limitan la libertad contractual y restringen la competencia entre IF.
iv) Proyecto 650-2021: pretende suspender por 24 meses el pago de créditos de consumo, personales, vehiculares, hipotecarios y MYPES con cualquier IF (bancos, financieras, cajas, etc.), incluyendo capital, intereses, penalidades, comisiones, etc., y dispone que la suspensión no afecta la clasificación de riesgo del deudor. Sorprendente visión de los promotores de este proyecto que generaría el colapso del sistema financiero en cuestión de semanas.
v) Proyecto 3428-2022: dispone que en los contratos de tarjeta de crédito, cuentas de ahorro y corriente, a nivel nacional, no procede cobrar comisiones por transferencias bancarias en general; prohibiciones que generarían en automático el rompimiento del ecosistema de pagos electrónicos y la promoción indirecta del uso de efectivo. Lo anterior, asumiendo que las IF prestarían servicios gratuitos.
Si bien podemos elucubrar acerca de las motivaciones de estos proyectos, es necesario que nuestros legisladores comprendan que el crédito de consumo, de acuerdo a algunos estudios, ha logrado incorporar al sistema financiero aproximadamente a 500 mil deudores por año en la última década, de modo que constituye la puerta de ingreso de personas naturales al sistema. Debe quedar claro entonces que persistir con la estrategia de enfilar las baterías contra la banca con regulaciones populistas es un atentado contra las políticas de inclusión financiera emprendidas por el Estado.