Socio en Guzmán Napurí & Segura Abogados
Mediante la Ley N° 31419 se establecieron los requisitos mínimos e impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función. Así, se fijaron condiciones base de experiencia general, específica y de formación para estos funcionarios y directivos públicos y de la misma manera, se establecieron causales de impedimento para acceder a dichos cargos.
En atención a ello, mediante el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM se ha aprobado el Reglamento de la Ley N° 31419 a fin de impulsar una adecuada implementación de dichas disposiciones, incorporándose un mayor desarrollo y clasificación respecto de los requisitos aplicables a la designación de los gerentes municipales, de acuerdo con la tipología de municipalidades aprobada en la Resolución Viceministerial Nº 005-2019-PCM/DVGT; se implementa el esquema de equivalencias a considerar para el cumplimiento del requisito de nivel jerárquico similar a la experiencia específica en los cargos o puestos de funcionarios y se incorporan condiciones diferenciadas respecto de los directivos públicos pertenecientes a entidades del nivel nacional, regional y local, entre otros aspectos.
Por otro lado, el Reglamento ha regulado (por primera vez en el sector público nacional), el procedimiento a seguir para la vinculación de los funcionarios y directivos de libre designación y remoción, precisando que la Entidad deberá contar con los documentos de gestión correspondientes que contengan el cargo o puesto a cubrir (MCC, MOF, MPP, CAP, CAP Provisional o CPE), y se ha identificado a la Oficina de Recursos Humanos como el órgano responsable de verificar el cumplimiento del perfil de puesto por la persona propuesta y la ausencia de causales de impedimentos para el acceso, debiéndose contar para la designación con su informe de verificación favorable de estos supuestos.
En ese sentido, la aprobación de este Reglamento se completa el marco normativo destinado a asegurar que la Administración Pública cuente con personal idóneo, capacitado y experimentado que se encargue de liderar las Entidades públicas, lo que debe redundar en una mejora sustancial de la gestión pública, pero al mismo tiempo surge un gran compromiso y responsabilidad para SERVIR de supervisar y hacer cumplir estas nuevas condiciones normativas, debiendo reportar al Órgano de Control Interno y a la Contraloría los casos detectados de incumplimiento.