El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) indicó que establecerá medidas sancionadoras más drásticas para aquellos agentes de hidrocarburos que no reporten sus precios actualizados.
Acorde a la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, el establecimiento que no cumpla en reportar sus precios deberá pagar el monto de la multa respectiva más el 25% de esta.
En caso de un segundo incumplimiento, deberá cancelar una nueva multa más el 50% de esta. Por último, de ser reincidente por tercera vez, el establecimiento será suspendido por cinco días calendario.
Ante ello, la pregunta de hoy es:
¿Está de acuerdo que se multe o se suspenda a los grifos por no actualizar sus precios?
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