(Foto: GEC)
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El decreto urgencia que permite la afiliación de cualquier peruano al , sin importar su condición socioeconómica, también incrementa los beneficios para los asegurados. De acuerdo con la norma, ahora las personas que dejen el seguro estatal para trasladarse a otros seguros, sea o las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), seguirán cubiertas por el SIS mientras dure el periodo de carencia de sus nuevas aseguradoras.

El periodo de carencia es el tiempo en el que las coberturas del seguro aún no están activas, pese a ya estar afiliado. Es decir, si una persona se desafilia del SIS para pasar a Essalud y esta última entidad señala que su periodo de carencia es de tres meses, en dicho tiempo el SIS se seguirá haciendo cargo de sus atenciones.

Por ello, la pregunta de hoy es:

¿El SIS debe mantener atención temporal de afiliados que pasen a otros seguros?

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