Escribe: César Candela, Director ejecutivo de la Sociedad Nacional de Construcción e Infraestructura (SNCI).
La contratación pública en el Perú experimentará una transformación significativa con la entrada en vigencia de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP) publicada el 24 de junio del presente año en el diario oficial El Peruano. Esta nueva normativa, implica un hito en el marco legal que regula las contrataciones del Estado.
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Entre los cambios significativos de esta nueva Ley, se destacan las buenas prácticas de uso internacional que se pretenden aplicar, siendo una oportunidad para el Estado, proveedores y contratistas. Sin embargo, también se han identificado riesgos que son necesarios de corregir antes de la publicación del Reglamento.
En el artículo 77, se disponen requisitos que deben cumplir los centros para administrar arbitrajes o juntas de prevención y resolución de disputas. Es de resaltar que los casos que impliquen la solución de diferencias entre entidades y proveedores mayores a las 2,000 UIT (S/10 millones aproximadamente) sólo serán revisados por aquellos centros que tengan cinco años de experiencia en la organización y administración de procesos y que sean integrados por árbitros que tengan una experiencia mínima de tres años.
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Exigir ambos requisitos para estos casos genera un impacto negativo en la competitividad del mercado nacional, limita la participación de nuevas e importantes instituciones creadas y que podrían ser creadas en todo el país, incluso mejor calificados a los ya existentes, pues a todos se les exigirá una certificación de calidad internacional. De esta manera, el marco legal aprobado genera un oligopolio en perjuicio de mas de 2,000 entidades públicas y miles de proveedores limitando el acceso a mejores costos en beneficio de pocos.
Asimismo, muchos profesionales incluyendo jóvenes recién certificados, que han completado e invertido en formación avanzada para contar con el conocimiento suficiente, han sido excluidos de nuevas oportunidades laborales debido a esta disposición. La falta de acceso a casos prácticos durante los primeros años de carrera dificultarán la adquisición de experiencia, a pesar de una sólida preparación académica.
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Por lo mencionado, es fundamental realizar cuanto antes la modificación a esta disposición y terminar con las “argollas” profesionales pensando primero en el país y en mejorar el acceso a los mejores mecanismos de justicia tanto al sector público como a los proveedores y permitir que mas profesionales puedan ganar experiencia mas pronto que después.
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