Las máximas autoridades gubernamentales culpan a los “monopolios y oligopolios” por el alza de precios en diversos productos básicos. Estas imputaciones hacen caso omiso de las explicaciones brindadas por el BCR sobre el origen externo del repunte inflacionario que atraviesa el país (especialmente en el rubro de combustibles y alimentos). Peor aún, ciertos actores políticos aprovechan la actual coyuntura para emprender ataques contra la gran empresa que opera en sectores altamente concentrados por el supuesto perjuicio que ocasionan al consumidor nacional. Es propicio aclarar esta posición que pretende justificar la adopción de medidas antitécnicas que solo mantendrían elevado el riesgo regulatorio e irían paradójicamente en desmedro del consumidor.
Desde un punto de vista teórico, el grado de concertación de un mercado podría influir en los niveles de precios. Esto sucede con las empresas que ejercen un abuso de posición de dominio. Sin embargo, esto no sucede en el Perú, pues la efectividad del marco legal vigente que sanciona este tipo de prácticas no competitivas es considerado superior al promedio de Latinoamérica y cercano al promedio de los países desarrollados, según la OCDE.
En la práctica, la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas establece los tipos de conductas que atentan contra la libre competencia en el mercado. El Indecopi está facultado para investigar y sancionar estas conductas, clasificándolas en tres grupos: i) abuso de la posición de dominio, ii) prácticas colusorias horizontales, y iii) prácticas colusorias verticales.
El abuso de la posición de dominio sucede cuando una empresa posee una participación significativa en el mercado de tal forma que tiene la capacidad de restringir las condiciones de la oferta o demanda, sin que sus competidores o consumidores puedan oponerse. En los últimos veinte años, solo existen dos casos de empresas sancionadas por estas conductas. En 2006 se sancionó a Petroperú por establecer condiciones desiguales para prestaciones equivalentes en las relaciones comerciales en el mercado de almacenamiento de gas licuado de petróleo, y en 2007 se sancionó a la empresa Ferrocarril Transandino por negarse injustificadamente a alquilar material tractivo y rodante a sus competidores.
Por otro lado, las prácticas colusorias horizontales son las que se producen entre agentes económicos competidores que realizan acuerdos o concertan prácticas entre sí con la finalidad de restringir la libre competencia. Entre 2008 y 2017 Indecopi ha sancionado 24 casos de prácticas colusorias horizontales con multas que ascienden a un total de US$ 132 millones. Las prácticas colusorias verticales están constituidas por las prácticas concertadas entre empresas que operan en distintos eslabones de la cadena de producción con el objetivo de restringir la libre competencia. En los últimos años el Indecopi solo ha sancionado a dos empresas por este tipo de prácticas.
“Lo clave es entender que lo que la Constitución prohíbe es el abuso del poder de dominio y que existe una institucionalidad con una reconocida trayectoria que tiene el mandato legal de luchar contra estas prácticas”.
Peor aún, la intervención del Estado va en contra del bienestar del consumidor, a través de la adopción de medidas proteccionistas para proteger a determinados grupos de productores. Este es el caso de las franjas de precios, las autorizaciones sanitarias y las restricciones a la importación que podrían crear obstáculos para la entrada de algunos bienes fundamentales como, por ejemplo, los medicamentos genéricos al mercado peruano. Lo mismo aplicaría si se modifican los reglamentos técnicos y se restringe la importación de insumos importados en desmedro del bienestar del consumidor. Esto podría incluso gatillar represalias de nuestros socios comerciales y generar litigios en la Organización Mundial del Comercio.
Los políticos no entienden que la escala del mercado nacional muchas veces no permite la entrada de más actores, que las economías de escala son clave para mantener la competitividad de ciertas industrias y que en sectores altamente concentrados hay una competencia feroz por mantener la fidelidad de sus clientes, ofreciendo productos y servicios de calidad al menor precio posible. Tal es el caso del sector bancario, las AFP, los servicios básicos y el transporte aéreo, cuyas tasas de interés, comisiones y tarifas, respectivamente, se han reducido sostenidamente y que son sectores altamente regulados por las autoridades competentes.
Sin perjuicio de lo anterior, existe un amplio espacio para elevar la competencia en mercados clave. Según el Banco Mundial, la implementación de reformas en pro de una mayor competencia en mercados de servicios que son insumos para el resto de la economía, como energía, telecomunicaciones y servicios profesionales, podría incrementar el valor agregado de la producción en 0.2% del PBI. Adicionalmente, se señala que se puede mejorar la competencia e integración en los mercados regionales que están plagados de barreras prohibitivas, por ejemplo, tramites, autorizaciones, cuotas municipales, que influyen en la transmisión de precios al interior del país.
Este tipo de políticas, según las recomendaciones de la OCDE y el BID, incluyen reforzar la independencia y la autonomía del Indecopi, adoptar un procedimiento de control de fusiones y adquisiciones (que está en proceso de implementación), luchar activamente contra la concertación de posturas en licitaciones públicas y la definición de mercados contestables (mercados en donde no existen barreras de entrada, y, por tanto, no es necesario regular a la empresa que ostenta una mayor participación de mercado). La fiscalización de oficio de la libre competencia en ciertos mercados más estudios de abogacía de la competencia son dos instrumentos potentes que el Gobierno puede utilizar para identificar reformas, restricciones y barreras para lograr mayor competencia.
Lo clave es entender que lo que la Constitución prohíbe es el abuso del poder de dominio y que existe una institucionalidad con una reconocida trayectoria que tiene el mandato legal de luchar contra estas prácticas. Mayor atención debiera prestarse también al enorme segmento empresarial informal para el cual el Gobierno no ofrece regulación alguna, y que opera en detrimento del bienestar ciudadano al no tener que cumplir estándares de calidad, salubridad o inocuidad, según sea el caso, ni es pasible de fiscalización al estar al margen de la legalidad.