Socia de Vodanovic Legal
Hace poco en CADE, el presidente del Banco Central de Reservas del Perú (BCRP), Julio Velarde, anunció que su institución trabaja en la creación de una moneda digital con el objetivo de adecuar al Perú al sistema de pagos futuros que se configura en el mundo. Se trata de las denominadas “CBDC” por sus siglas en inglés (Central Banks Digital Currencies), un tipo de activo digital con el mismo valor que la moneda oficial (dinero fiduciario o “fiat”), pero 100% digitales.
Tradicionalmente, son los bancos centrales los que emiten dinero en efectivo de aceptación forzosa para el público. Este dinero circula a través del sistema financiero, cuyas instituciones lo canalizan al público a través de préstamos, pagos, transferencias, retiro de depósitos, etc.
En países emergentes como el nuestro, de alta exclusión financiera, la mayoría no accede o no permanece en el sistema financiero pues se mantienen en la informalidad y los ingresos que reciben, generalmente en efectivo, se quedan así, contribuyendo con riesgos como el lavado de activos, financiamiento del terrorismo, robos, estafas y, hoy en día, la exposición al COVID. Así, la emisión de la moneda digital incluiría financieramente a la mayoría de la población y reduciría los riesgos mencionados. A su vez, se reduciría los costos de emisión, traslado y circulación del efectivo, lo que reduciría los costos de transacción para el público.
Se trata de una iniciativa muy importante para el país, pero en el camino hay varios aspectos a tomar en cuenta: Primero, son iniciativas aún incipientes, aun cuando ya hay países dispuestos a implementarlas tales como China, Canadá, Singapur e India. Aún no se conocen casos de éxito, lo que explica por qué los BCR están optando por continuar estudiándolas y adoptan la postura “wait and see”.
Segundo, no necesariamente se basan en tecnología blockchain, pues no es la única que permite la emisión de activos digitales y porque, a nivel de bancos centrales, existen otras tecnologías tales como la RTGS (liquidación bruta en tiempo real) que también están siendo evaluadas. Por lo anterior, la moneda digital oficial no son un tipo de criptoactivo ni tampoco una stablecoin. Estos activos digitales se basan en tecnología blockchain y son emitidos por los privados, no por la banca central.
Tercero, la emisión de CBDC debe ser estudiada bajo un análisis costo-beneficio y aproximación al riesgo. Se debe determinar, por ejemplo, cuáles son los objetivos que cumplir. Siendo la inclusión financiera uno de los más importantes, debe evaluarse si ya existen en el mercado otros mecanismos para lograr dicho objetivo y si vienen siendo eficientes y efectivos.
Cuarto, bajo el principio anterior, se debe evaluar el impacto de los CBDC en el sistema financiero privado, considerando que este es el principal canalizador de recursos financieros al mercado. Varios países consideran, por ejemplo, que su banca central podría emitir CBDC, pero estos debieran ser distribuidos al público a través de las instituciones financieras privadas u agentes supervisados. Si la banca central asume también su distribución, se incrementaría el rol del Estado en los servicios financieros, con los riesgos que ello conlleva para el mercado en general.
Sin perjuicio de los temas mencionados, el solo hecho que el BCR haya empezado a estudiar esta opción es positiva no solo por el impacto favorable a favor de la inclusión financiera sino también porque como país no nos quedaremos rezagados frente a la gran transformación que viven los servicios financieros en el mundo y donde vemos que, en lo digital, no hay marcha atrás.