Economista
Finalmente, el Fondo Monetario Internacional (FMI) hizo público su Reporte de Asistencia Técnica relativo a las propuestas de reforma sobre el régimen fiscal minero.
El Reporte señala que el sector minero realiza una significativa contribución a las finanzas públicas de nuestro país que fluctúa entre 1% y 3% del PBI. Realizada la evaluación del régimen fiscal minero, el reporte menciona: “el régimen fiscal actual es competitivo principalmente debido al uso de impuestos específicos basados en las utilidades”. Según el FMI, la carga tributaria que enfrenta el sector minero es de 41.7% sobre las utilidades. Lo importante viene a continuación: según los cálculos del FMI, esta carga está a mitad de rango de la muestra de 15 regímenes fiscales en un grupo de países comparables. Pero el FMI dice aún más: “un punto relevante de comparación es que la carga tributaria minera de Perú es mayor que la de Chile, su competidor más cercano en proyectos de cobre”.
Asimismo, el FMI sostiene que el régimen fiscal minero muestra un buen grado de progresividad. Aún más: “el régimen fiscal minero (de Perú) es uno de los más progresivos de sus pares”. Esto significa, a juicio del FMI, que la carga tributaria se incrementa más en la medida en que el proyecto se hace más rentable. En buen romance, que el régimen fiscal minero de Perú capta las denominadas “sobreganancias” cuando el precio de los metales sube.
Es importante recordar que el régimen fiscal minero que el FMI ha evaluado es el régimen vigente desde el año 2011, que fue producto de un Acuerdo Minero consensuado con las empresas mineras y aprobado por leyes del Congreso, lo cual es de sumo valor. El hecho de que el FMI señale que existe solo un moderado espacio para elevar la carga tributaria a las empresas mineras confirma que la reforma del 2011 fue una reforma exitosa. Ahora bien, el Reporte indica que de darse el incremento de la carga tributaria, es muy importante la forma en que este ocurra y que no se modifique la ubicación de Perú relativa a sus competidores.
Por ello el Reporte del FMI descarta la mayor parte de propuestas de cambios del MEF, entre las más importantes:
- Propuesta relativa a cambios en la forma de determinación de la regalía minera que es sobre utilidades y no sobre ingresos. Respecto al piso actualmente existente, el FMI señala que este piso es un elemento regresivo. Un aumento del piso superior a 0.5-1% disminuiría la progresividad del régimen fiscal minero, una de sus características más atractivas.
- Propuesta de eliminar la deductibilidad del impuesto a la renta tanto de la regalía como del Impuesto Especial a la Minería (IEM). Según el FMI, esta deductibilidad es virtualmente una práctica universal en los países mineros.
- Propuesta de modificar las tasas de depreciación, señalando que se incrementaría el riesgo de los proyectos.
Según el FMI, aplicar estas propuestas de manera conjunta impactaría la competitividad del Perú como destino de las inversiones mineras, elevando la carga tributaria de 41.7% a 48.2%. Además, habría un impacto negativo en la progresividad.
De acuerdo con el FMI, los cambios en el régimen fiscal minero deberían limitarse a cambios en los rangos y tasas de la regalía y del IEM.
En la evaluación (particularmente delicada, según el FMI) de cambios en el régimen fiscal minero no deben pasar inadvertidos los buenos resultados en recaudación del régimen vigente en el contexto del boom de precios de metales actual. Así, la recaudación minera ha aumentado a S/ 23,294 millones en el año 2021, desde S/ 9,511 millones y S/ 7,126 millones en los años 2019, 2020 y 2021, respectivamente. Además, se espera que la regularización del impuesto a la renta de las empresas mineras en marzo – abril de este año sea significativa, reflejando los buenos precios del año 2021. Con ello la presión tributaria del gobierno central sería cercana al 17% del PBI en el año 2022, el segundo nivel más alto de la historia republicana, solo superada por el 18% del año 1980 (año de boom minero también).
Tampoco deben pasar inadvertidos los altos niveles de evasión de la economía informal e ilegal minera y los eventuales niveles de elusión de algunas empresas que podrían estar haciendo uso de mecanismos de precios de transferencia, por ejemplo.