Videoaudiencia.
Videoaudiencia.

Por Maria Eugenia Tamariz

Abogada senior en Benites, Vargas & Ugaz Abogados

El aislamiento social propio del panorama actual ha generado una serie de cambios de interacción, desde la forma de organizar el trabajo hasta la propia vida cotidiana; es un reto para todos, incluyendo los organismos estatales que una vez levantada la medida de inamovilidad vigente hasta el próximo domingo 26 de abril, deberán retomar el curso regular de sus actividades y, con ellos, los procedimientos y servicios que los administrados desarrollamos antes el Estado, cuyos plazos de tramitación, valga decir, se encuentran suspendidos desde el 16 de marzo.

Audiencias online

La digitalización de estos procesos es clave y en el caso del Poder Judicial, determinante, es por ello que trabajar en el desarrollo de los procesos judiciales de forma remota es urgente para que en los próximos días, la administración de justicia pueda continuar su rumbo aún cuando se pudieran mantener restricciones de acceso presencial a las instalaciones de las Cortes nacionales.

En el marco de estos cambios, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la celebración de sesiones remotas para los Magistrados de las Salas Supremas, en aquellos casos en donde no se solicitó uso de la palabra o, los que por su naturaleza, no lo requerían (audiencias de calificación recursos de casación, por ejemplo); sin embargo, parece ser que el Poder Judicial viene trabajando para ampliar esta disposición a cortes superiores y continuar de tal manera, la tramitación de las causas pendientes.

Hace algunos días, fui convocada por la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para llevar a cabo la primera prueba de audiencia de juzgamiento laboral remota. La audiencia se desarrolló a través de una plataforma de reunión online (Hangouts meet), que permite la grabación en video de la audiencia (por parte de Poder Judicial) y la participación del Juez, especialistas legales y de las partes procesales con sus respectivas defensas técnicas, todos conectados desde nuestros lugares de permanencia.

¿Qué se requiere?

La clave para el desarrollo de este tipo de audiencias es que todas las partes del proceso cuenten con conexión a internet suficiente que permita llevar a cabo una video llamada; no es necesario inclusive contar con una computadora como tal, pues la plataforma permite desarrollar la audiencia desde su propio teléfono, siempre y cuando se cuente con una conexión wifi promedio o datos móviles suficientes para el desarrollo de la audiencia (tener en cuenta que estas pueden extenderse por horas, como sucede con una audiencia en sede judicial).

Para estos efectos, es y será clave que el Poder Judicial confirme de forma previa a la audiencia, como lo hizo en nuestro caso, que todas las partes procesales cuenten con dicho soporte y conectividad, de lo contrario, la audiencia podría ser fácilmente anulable por generar indefensión para alguna de las partes. Será necesario disponer de una plazo previo a la audiencia para que las partes puedan dotarse de la tecnología suficiente para llevar a cabo esta o, para informar la imposibilidad de su celebración por contar con dicho soporte.

Expediente electrónico y mesa de partes virtual

Cajamarca es una de las sedes en donde se encuentra vigente el Expediente Judicial Electrónico (EJE). En el caso en comentario, la audiencia correspondió a un EJE y, por tanto, el juez tenía acceso al contenido completo de los escritos de demanda y contestación presentados; la audiencia se pudo llevar a cabo con la revisión on line de estos. El EJE cuenta con una mesa de partes virtual y a la fecha solo se ha implementado en 5 distritos judiciales (Lima, Lima Norte, Ventanilla, Cajamarca y Tacna).

La gran mayoría de los procesos judiciales no son EJE, por lo que si bien este podría ser un inicio, lo ideal sería que este sistema se extienda poco a poco a las demás causas para que su desarrollo no quede truncado por las medidas de aislamiento vigentes o que pudieran mantenerse. El reto aquí es digitalizar la información.

Contar con una mesa de partes virtual, de fácil acceso, es necesaria para que los litigantes podamos continuar con la regular presentación de nuestros escritos pendientes y acumulados durante este periodo de inamovilidad. Esto evitaría justamente, las aglomeraciones que el gobierno busca evitar y que pueden ser fuente masiva de contagio del COVID-19; permitiría, por otro lado, que los operadores judiciales puedan acceder a su contenido de forma remota, a través de las plataformas de trabajo digitales que mantienen o que se puedan implementar.

La presentación vía correos electrónicos institucionales es una alternativa que se abre y que ya ha sido implementada en este contexto de emergencias por algunas instituciones estatales, como el Ministerio de Trabajo, por ejemplo.

Voluntad y menos formalismos

La audiencia se desarrolló con éxito. Sin duda, al inicio costó a todos ajustar detalles como la forma y momento de las intervenciones, pero estos poco a poco se fueron superando, además, con el apoyo técnico del personal del Poder Judicial que monitoreaba su desarrollo.

La voluntad fue clave. El hecho de participar en una videollamada no dejaba de lado que se trataba de una diligencia dirigida por un juez, con todas las formalidades que el proceso establece. Todas las partes tuvimos que preparar nuestras defensas técnicas y desplegar nuestras aptitudes de litigación, esta vez, a través de una pantalla; el carácter presencial no se pierde, así como tampoco la inmediación del juez con el proceso y con las actuaciones de las partes. Son tiempos de reinvención; la justicia, consecuentemente, no puede mantenerse ajena y a nosotros, los abogados, nos toca adaptarnos a este cambio y colaborar en el proceso.