
Escribe: Iván Blume, socio de Cuatrecasas
El 31 de marzo de este año, el ministro de Economía y Finanzas, José Antonio Salardi, presentó más de 400 medidas que conforman el denominado “shock desregulatorio”. Este conjunto de iniciativas tiene como objetivo principal impulsar la competitividad y productividad nacional, reducir los costos administrativos e incrementar la seguridad jurídica para fomentar las inversiones en el país.
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Dentro de este amplio paquete de medidas, se han presentado diversas propuestas que podrían tener un impacto significativo en el ámbito laboral. A continuación, se analizan dos de las medidas más relevantes.
La primera medida propone la derogación del Decreto Supremo No. 001-2022-TR, que introdujo cambios sustanciales en el Reglamento de la Ley de Tercerización, restringiendo los supuestos en los que podría aplicarse la tercerización, en concreto, la prohibía en actividades que formaran parte del “núcleo del negocio”. Estas modificaciones generaron críticas por parte del sector empresarial, ya que la ley no contemplaba dicha restricción, la cual no puede ser incorporada mediante un reglamento. Además, la normativa no definía de manera clara qué debía entenderse por “núcleo del negocio”, lo que, sumado a los costos adicionales y a las ineficiencias derivadas de este cambio, incrementó la preocupación en el sector.
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La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, mediante la Resolución No. 270-2023/CEB-INDECOPI, determinó que estas prohibiciones constituían barreras burocráticas ilegales, permitiendo que las empresas continúen tercerizando todo tipo de actividades, incluidas las nucleares. Sin embargo, aún estaba pendiente una decisión de la Corte Suprema sobre este decreto. La propuesta de derogación busca zanjar la discusión y garantizar la seguridad jurídica, permitiendo que las empresas tercericen sus actividades conforme a la normativa vigente. Es relevante señalar que esta normativa no fue producto de un diálogo social y sus disposiciones no se aplican en la práctica, lo que refuerza la necesidad de su derogación.
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La segunda medida propone la derogación del Decreto Supremo No. 014-2022-TR, que implementó modificaciones en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas. Entre los cambios más significativos se incluyó a trabajadores no dependientes en el ámbito de aplicación, se prohibió la extensión de beneficios del convenio colectivo y se dispuso que solo los sindicatos podrían acceder al arbitraje potestativo, entre otros. Aunque esta norma ha sido cuestionada, se encuentra plenamente vigente. El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate, ha señalado que la derogación de estos decretos requeriría un proceso de consulta previa en el Consejo Nacional del Trabajo para asegurar el diálogo social. Sin embargo, los decretos fueron criticados por la falta de diálogo social antes de su publicación, a pesar de su impacto en el mercado y las relaciones laborales.
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Además de las propuestas desarrolladas, se han incluido otras medidas que tienen un impacto en el ámbito laboral, como la eliminación del registro de los contratos a tiempo parcial y la medida que impulsa los proyectos de ley que buscan reducir cinco de los dieciséis feriados existentes. Esta última iniciativa fue recientemente propuesta por el Congreso de la República (PL No. 10133/2024- CR y PL No. 10177/2024-CR), con el objetivo de reducir el impacto que el exceso de días feriados puede tener en la productividad laboral.
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En este contexto, es recomendable que las empresas estén pendientes a los cambios que podrían generarse a partir de este shock desregulatorio para poder adaptarse eficazmente, los cuales, en líneas generales, consideramos que ofrecen mejoras en la productividad laboral.