“La única ZEEP prometedora, por ahora, sería la de Chancay, porque ya cuenta con fundamento: su flamante puerto”. Foto: GEC.
“La única ZEEP prometedora, por ahora, sería la de Chancay, porque ya cuenta con fundamento: su flamante puerto”. Foto: GEC.

LEYES “MODERNAS”. En el Perú abundan las normas legales que parecen orientadas a un país del primer mundo, pero en la realidad, se quedan en el papel y no brindan los resultados esperados. Este mes se han aprobado tres de ese tipo: la , la , que fue aprobada por insistencia por el Congreso, porque el Ejecutivo la observó, y el Reglamento de la aprobado por la PCM.

La norma que ha generado más polémica es la que crea las ZEEP –aún no es publicada en el Diario Oficial–, sobre todo por el tratamiento tributario que recibirán las empresas que se instalen en ellas, cuya producción estará destinada a la exportación. Es que durante los primeros cinco años, a partir del inicio de operaciones, la tasa del Impuesto a la Renta (IR) será 0% y luego subirá gradualmente hasta 15% a partir del año 20. Esto a pesar de que existen acuerdos internacionales que establecen una tasa de IR mínima de 15%, que ya están siendo aplicados incluso en paraísos fiscales como Bahamas.

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Si bien en sus primeros años de operaciones, las empresas suelen registrar pérdidas porque su gasto de capital supera sus ingresos, de modo que no pagan IR, se corre el riesgo de que las exportaciones que salgan de las sean consideradas competencia desleal en mercados competidores o de destino de tales bienes. Otra preocupación es la manera en que se determinarán las ZEEP, pues se hará por ley, lo que no asegura que se apliquen criterios técnicos y que prime el cálculo político. La experiencia internacional de zonas especiales es positiva, pero no ha sido así en el país, justamente porque esas áreas fueron designadas “a dedo”. La única ZEEP prometedora, por ahora, sería la de Chancay, porque ya cuenta con fundamento: su flamante puerto.

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Con respecto a la , el IR de partida será 15%, además de que habrá beneficios para el pago del IGV. Lo saltante es que no figuran contribuciones reducidas a Essalud ni al sistema de pensiones, aunque hay partes que parecen utópicas, como encargar a los tres niveles de Gobierno el desarrollo de infraestructura productiva y social, o determinar que el 75% de las inspecciones de la Sunafil sea en empresas agrarias informales.

Por último, el Reglamento de la Ley de IA establece criterios para determinar el uso indebido (prohibido), el uso de alto riesgo y la “transparencia algorítmica” de esta tecnología. O sea, todo muy actualizado, ¿pero existen los recursos humanos y materiales para aplicar la norma?

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