Editorial de Gestión. Tan importante como esta norma será la fiscalización que se haga de su cumplimiento. (Foto: Andina)
Editorial de Gestión. Tan importante como esta norma será la fiscalización que se haga de su cumplimiento. (Foto: Andina)

REQUISITOS PARA SER FUNCIONARIO. Los problemas que se generaron en el actual gobierno a raíz del nombramiento de ministros, viceministros y otras autoridades que no eran las idóneas para los puestos pusieron el dedo en una carencia que viene de años atrás en el Estado: la necesidad de exigir requisitos mínimos para algunos cargos.

En un intento por remediar la situación, el Congreso aprobó una norma que establece que quien ocupe el cargo de ministro no deberá tener sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso ni estar inhabilitado para ejercer la función. Para el caso específico del presidente del Consejo de Ministros, así como para ministros del Interior y de Defensa, se establece que no podrán ocupar el cargo quienes se encuentren con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas. Una precisión que debería aplicarse en todos los casos.

La norma aprobada es de saludar, pero resulta apenas un primer paso, pues el problema no solo radica en los miembros del Gabinete. Por eso será importante que el Parlamento continúe con el debate del proyecto que busca establecer requisitos más estrictos para la designación de funcionarios en cargos de confianza.

Pero tan importante como esta norma será la fiscalización que se haga de su cumplimiento, pues lo cierto es que cada entidad del Estado tiene un Manual de Organización y Funciones en el que se establecen los requisitos que se requieren para cada puesto, a tal punto que la Contraloría ha encontrado 24 casos donde claramente hay indicios de irregularidades por no cumplir con el perfil requerido, pero en solo 10 casos se dejaron sin efecto las resoluciones. Es decir, de poco servirá que se dicten nuevas normas si no existe una manera eficaz de asegurar su cumplimiento. No se puede esperar a que sea la Contraloría la que detecte los problemas, pues los llamados a verificar el perfil son la autoridad que designa, que soporta el trámite y supervisa el proceso, y el propio designado, quien debe saber cuáles son los requisitos y perfiles del puesto y si cumple o no con ellos.

Un caso como el ocurrido con la reciente designación del presidente de Essalud, en el que la ministra de Trabajo busca culpar a la Contraloría por no informar con anterioridad de los cuestionamientos de Gino Dávila, cuando lo cierto es que el informe se emitió en diciembre del año pasado, no puede volver a suceder.