
Tras la debacle del proceso electoral del pasado domingo 12 de abril, existen dos líneas de investigación contra el exjefe de la ONPE, Piero Corvetto, y sus subalternos. La primera es por una presunta colusión desleal con la empresa Galaga. El delito de colusión se refiere a la concertación entre funcionarios públicos y privados para que estos últimos se vean indebidamente beneficiados en un concurso público. El caso clásico es el direccionamiento para que un postor se haga de un contrato con el Estado generando la apariencia que existió un concurso entre varios competidores con igualdad de oportunidades.
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Es lo que se imputa en este caso. Se señala que se abrió el abanico para que postulen diversas empresas pero que los términos de referencia o modificaciones posteriores –lo enrevesado en la manera de medir los metros cuadrados de los camiones– habrían estado destinados para que sólo una empresa gane pese a ser la menos sofisticada y con la propuesta más cara.

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Como en otros casos de corrupción, los efectos colaterales serían más graves que la pérdida de recursos estatales. Por ejemplo, los alimentos que llegaron en mal estado o que nunca llegaron a los niños más pobres del Perú por la corrupción en el programa Qali Warma. En el caso de marras, el atentado del derecho al voto de miles de limeños porque el distribuidor del material electoral habría sido escogido por un acto de corrupción y no por sus aptitudes logísticas.
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La segunda línea de investigación, como consecuencia de una denuncia presentada por el JNE contra el exjefe de la ONPE, es porque este último habría tenido el propósito de alterar el resultado, favorecer o perjudicar a un candidato u organización política.
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Los hechos según la denuncia son que el exjefe de la ONPE, pese a conocer con anterioridad al día de las elecciones que no se cumpliría con el abastecimiento del material electoral en Lima, habría omitido enmendar el problema. Se trataría de un incumplimiento de sus deberes de garante frente al proceso electoral instrumentalizando los defectos de organización de su propia gestión para perjudicar a un candidato –siendo la hipótesis del móvil perjudicar a candidatos con mayor intención de voto en Lima-. La gravedad no sólo recae en los hechos denunciados sino por quién formula la denuncia. Es como si el presidente de la FIFA denunciara al árbitro de las semifinales del mundial por haber favorecido a un equipo para pasar a la final. En la que el denunciado volvería a arbitrar.
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Ahora bien, para que se sancione penalmente a los involucrados, todas estas cuestiones las tendrá que probar el Ministerio Público en juicio. Particularmente complejo será acreditar con grado de certeza que se trataron de conductas dolosas y no de un cúmulo de negligencias (las cuales son sin duda reprochables, pero no delictivas).
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En el plano electoral, las decisiones del JNE no están vinculadas a la suerte de los procesos penales. Sería imposible, además, debido a la duración de estos. Sin embargo, si el JNE es coherente, cualquiera sea la decisión que tome con relación al remedio a ser adoptado tendría que partir del supuesto que el exjefe de la ONPE habría instrumentalizado a la institución para cometer un atentado contra el derecho de sufragio puesto que ya lo ha afirmado en su denuncia penal.
Héctor Gadea es abogado.
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