
Escribe: Francisco Pantigoso Velloso da Silveira, catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC.
El 31 de julio de 2025, Sunat publicó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta N.º 000032-2025-SUNAT/700000, mediante la cual se amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar ciertas infracciones vinculadas al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). Esta norma, publicada a último minuto, permitirá a los contribuyentes subsanar errores o realizar ajustes en el SIRE hasta el 31 de enero de 2026, pese a que, hasta ese momento, la fecha límite era diciembre de 2025.
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Cabe precisar que el SIRE no es un sistema nuevo, sino uno ya vigente desde 2021, cuyo uso ha sido progresivamente obligatorio para diferentes grupos de contribuyentes. Lo que se ha ampliado ahora no es su implementación inicial, sino el plazo para consolidar su adopción plena, así como para evitar sanciones vinculadas a su uso indebido o tardío.

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Esta medida no solo modifica el calendario de obligaciones tributarias, sino que también reaviva el debate sobre la forma en que SUNAT comunica y gestiona sus decisiones regulatorias. El problema no radica en la prórroga en sí, sino en la falta de previsibilidad que, paradójicamente, contraviene los principios del “cumplimiento colaborativo” que la Administración Tributaria dice promover.
¿Qué significa realmente el cumplimiento colaborativo?
El cumplimiento colaborativo (“cooperative compliance”) es un modelo adoptado por diversas administraciones tributarias para promover una relación de confianza, transparencia y cooperación con los contribuyentes. Este modelo, impulsado por organismos como la OCDE, enfatiza la necesidad de reglas claras, canales de comunicación eficientes y, sobre todo, certeza en las decisiones de la autoridad fiscal.
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Sin embargo, la práctica reciente del fisco parece alejarse de estos ideales. La emisión de normas en el último minuto no solo debilita la seguridad jurídica, sino que genera la percepción de improvisación. En vez de fomentar un entorno de confianza, se instala un clima de incertidumbre.
¿Qué riesgos genera la imprevisibilidad normativa para las empresas?
La falta de anticipación en decisiones regulatorias tiene efectos concretos sobre la planificación tributaria y operativa de las empresas.Implementar sistemas como el SIRE exige capacitación, ajustes tecnológicos y revisiones de procedimientos internos. Postergar fechas de aplicación puede aliviar temporalmente la carga administrativa, pero también interrumpe los cronogramas internos ya establecidos.
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Más grave aún, cuando estos cambios se anuncian al filo del plazo, se introduce un factor de desconfianza institucional.Las empresas, especialmente las más formales, pueden sentir que planificar y cumplir con anticipación no tiene recompensa, mientras que la falta de preparación parece tener amnistías implícitas.
SUNAT necesita previsibilidad y comunicación clara
Resulta paradójico que una institución que promueve el cumplimiento voluntario y colaborativo no anticipe adecuadamente los cambios regulatorios que afectan de manera directa a dicho cumplimiento. En lugar de usar las facultades discrecionales como mecanismos de último recurso, estas se están convirtiendo en herramientas habituales de gestión normativa.
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SUNAT necesita adoptar un enfoque comunicacional proactivo y transparente. Ello implica anunciar potenciales prórrogas con la debida anticipación, abrir procesos de consulta o, al menos, difundir lineamientos preliminares que permitan a los contribuyentes anticiparse.
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En este contexto, cobra relevancia la necesidad de una política institucional que priorice la anticipación normativa como un pilar de gobernanza. La experiencia internacional demuestra que las administraciones tributarias más exitosas son aquellas que mantienen cronogramas normativos públicos, espacios de retroalimentación y compromisos de comunicación anticipada con sus contribuyentes. Por ejemplo, en países como Chile, la administración tributaria publica con meses de anticipación los cambios normativos y las fechas de implementación de sistemas electrónicos, generando un entorno de seguridad jurídica que fortalece la cultura tributaria.
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Conclusión: de la norma a la confianza institucional
El cumplimiento tributario no depende exclusivamente de la coacción. Si SUNAT aspira a construir una relación moderna con los contribuyentes, necesita alinear su conducta normativa con los principios que predica. La eficiencia, la previsibilidad y la comunicación oportuna no son opcionales: son condiciones necesarias para un cumplimiento verdaderamente colaborativo.

Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de la UPC