Exministra de Comercio Exterior y Turismo
En diciembre del 2021 Indecopi dispuso de oficio el inicio de una nueva investigación en materia de salvaguardias a las importaciones de confecciones. Esto fue una sorpresa debido a que el alcance de esta investigación no tiene mayores variaciones respecto de la iniciada en 2020, y que concluyó el año pasado.
A diferencia de las medidas antidumping y las medidas anti subsidios, que se aplican por prácticas de competencia desleal, una salvaguardia es una medida de defensa comercial, que utilizan los países cuando existe un incremento imprevisto e importante de las importaciones que genere un daño grave a su industria nacional. Es una medida excepcional y de urgencia. Para imponer dichas medidas, se tienen que cumplir todos los requisitos establecidos en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como la normativa nacional.
La aplicación de una salvaguardia no es una decisión política. Es una medida que requiere una investigación y de recabar pruebas claras para su aplicación, que demuestren que un incremento súbito o imprevisto de importaciones es causante exclusivo de un daño grave a la industria nacional. Dado su carácter de urgencia y excepcional su uso a nivel internacional es acotado.
En el Perú, la autoridad investigadora es Indecopi, la cual remite un informe a la Comisión Multisectorial conformada por los titulares del MEF, Mincetur y Produce, el cual debe centrarse en el análisis de la existencia de las pruebas necesarias para la consideración de aplicar una medida de salvaguardia.
El año 2020 Indecopi dispuso el inicio de oficio de un procedimiento de investigación en materia de salvaguardias sobre las importaciones de confecciones. La investigación final por parte del Indecopi culminó en mayo de 2021 y concluyó que, como autoridad investigadora carecía de los elementos técnicos necesarios para formular una determinación definitiva sobre la posible existencia de una amenaza de daño grave a la Rama de Producción Nacional a causa de las importaciones de confecciones. En junio 2021, se publica el Decreto Supremo en el cual se dispone la no aplicación de la medida de salvaguardia definitiva.
Sin embargo, a pocos meses de haber concluido esta investigación, el Indecopi ha dispuesto nuevamente el inicio de oficio de un procedimiento de investigación, sobre la base de un informe de inicio muy similar al anterior, y que podría arrastrar los mismos errores y problemas de la investigación anterior como la cuestionable definición del producto investigado que incluye 3 capítulos de arancel.
No se puede negar la importancia del sector textil-confecciones y el impacto que ha sufrido por la pandemia de la COVID-19, pero tampoco se puede negar que adolece de problemas estructurales que no se resolverán con medidas de protección comercial temporal.
Sumado a ello, es importante tener en consideración que, ante la aplicación de una medida de esta índole, que no tome en cuenta las relaciones con los socios comerciales afectados, nos vemos ante la situación que dichos países puedan tomar medidas similares para otros sectores productivos claves, causando una mayor afectación a la economía nacional.
La política comercial del Perú ha sido una política exitosa que ha contribuido a la generación de empleo descentralizado, esto dado a que ha sido consistente y sostenible en el largo plazo. La generación de confianza es un pilar fundamental para el crecimiento, y para esto los entes técnicos deben de hacer un trabajo riguroso, de lo contrario el remedio puede ser peor que la enfermedad.