Socia del Estudio Olaechea
Hoy, 12 de abril, vence el plazo para que el Ejecutivo se pronuncie respecto del Proyecto de Ley 2848/2022-CR, aprobado por el Congreso el 23 de marzo y que propone una amnistía de seis meses para las multas impuestas por Migraciones a personas extranjeras que no iniciaron el trámite de prórroga de residencia antes de su vencimiento, que tengan procedimientos en trámite o con fraccionamiento de multa.
Esta iniciativa impacta principalmente a la población venezolana que reside en el Perú. De acuerdo con información brindada por Migraciones, hasta el 2021 residían en nuestro país aproximadamente 1 millón 347 mil extranjeros, siendo el 87% de nacionalidad venezolana.
Según la II Encuesta dirigida a la Población Venezolana –elaborada el año pasado por el INEI con el apoyo de diversas organizaciones internacionales como la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados, el Banco Mundial, entre otros–, el 82% de la población venezolana que vive en el Perú forma parte de la PEA.
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No obstante, el proyecto de ley en cuestión aplica a todos los extranjeros que residen en el Perú.
Para que un extranjero pueda trabajar en el Perú, debe contar con un contrato de trabajo, además de la calidad migratoria (visa) aplicable y compatible para tal fin. Esta debe renovarse, generalmente, cada año, salvo que se cuente con una residencia definitiva.
En el Reglamento del Decreto Legislativo Nro. 1350 se establecieron multas para quienes –entre otros– no tuvieran sus residencias debidamente renovadas, pasando de esta manera a contar con una condición migratoria irregular (diferente de la ilegal, al haber contado con una condición migratoria regular previamente).
La multa establecida asciende a 0,01 UIT (S/ 49.50) por cada día de exceso posterior al vencimiento de la residencia. Pese a su impacto, la norma no ha tenido una adecuada difusión. Además, al aplicarse en plena pandemia y siendo que Migraciones dejó de atender presencialmente, haciéndolo solo de manera digital, se dificultó el acceso de muchos usuarios.
A partir del 20 de agosto de 2021, Migraciones comenzó a sancionar a quienes se encontraban en situación migratoria irregular, lo cual tampoco tuvo la difusión adecuada.
Por ello, hasta abril del año pasado más de 100 mil extranjeros han sido sancionados con multas por aproximadamente S/ 13 millones. Hay casos en los que las multas llegan a montos elevados, que alcanzan, por ejemplo, los S/ 25 mil.
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No es difícil concluir que el número de extranjeros perjudicados y el monto de las multas se deben haber incrementado significativamente un año después.
Muchas veces los extranjeros no pueden asumir el valor de las multas. Hasta que estas no sean pagadas, no tendrán su residencia vigente, dificultando la relación laboral con su empleador o la posibilidad de conseguir un nuevo empleo. También se verán impedidos de realizar actividades ordinarias, como las transacciones bancarias.
Si bien las multan se imponen a las personas, la condición irregular de un trabajador extranjero puede verse reflejada en una fiscalización de la Sunafil, en tanto se evidencia que la empresa fiscalizada no ha verificado si sus trabajadores extranjeros mantienen sus visas de forma regular o vigente, información a la que no es fácil acceder, pudiendo verse inmersa en la comisión de alguna infracción en materia de contratación de extranjeros, con sanciones que van desde los 2,63 UIT hasta los 52,53 UIT (aproximadamente, entre S/ 13 mil y S/260 mil).
Por si lo expuesto no fuera suficiente, el propio análisis de este proyecto de ley indica que, por la cantidad de casos, el costo de cobrar las citadas multas supera el beneficio de cobrarlas, por el número de estas y por los innumerables recursos que deberían desplegarse para las acciones tendientes a su cobro.
Siendo así, consideramos que el Ejecutivo debe aprobar este proyecto de ley. Asimismo, durante los seis meses de amnistía, la Sunafil debería abstenerse de aplicar sanciones generadas a partir de alguna infracción derivada de la situación migratoria irregular del personal extranjero, que por el contexto citado se vio imposibilitado de hacerlo de forma oportuna.
Previo a que se concluya este periodo, Migraciones debe evaluar cuántos extranjeros han podido regularizar su situación. En caso contrario, podría considerar ampliar el plazo de forma excepcional.
Así, en caso de que el Ejecutivo no observe el proyecto de ley y sea publicado en nuestro diario oficial, resulta recomendable que cada trabajador pueda otorgar a su empleador las acreditaciones de la regularidad y vigencia de su condición migratoria a fin de que los empleadores puedan mitigar cualquier impacto de cara a Sunafil.
De otro lado, la recomendación para los empleadores es que estén pendientes de la renovación de las visas de sus trabajadores extranjeros, no solo al ingreso del trabajador a la organización sino hasta que la relación laboral llegue a su fin.
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