Las empresas cotizadas que no cumplan con esas cuotas deben dar explicaciones al índice. (Foto: EFE)
Las empresas cotizadas que no cumplan con esas cuotas deben dar explicaciones al índice. (Foto: EFE)

Un tribunal de apelaciones de EE.UU. revisará una polémica orden del índice Nasdaq que requiere a las empresas cotizadas en bolsa diversificar sus juntas directivas con mujeres, personas de minorías étnicas o de la o dar explicaciones de por qué no lo hace.

El Nasdaq empezó a aplicar la orden parcialmente al concluir el ejercicio 2023, más de dos años después de que el regulador bursátil diera su aprobación y casi cuatro años después de que el índice se lo propusiera, pero muchas empresas tienen la fecha límite en 2026.

A lo largo de ese recorrido y hasta ahora, la norma del Nasdaq se ha topado con la oposición de activistas conservadores, encabezados por el jurista Edward Blum, que ha denunciado otros casos de ‘discriminación positiva’ en Estados Unidos, según medios locales.

La Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, en respuesta a una petición encabezada por Blum y otra entidad, se pronunció este lunes por la noche a favor de revisar la aprobación de la norma por parte del regulador bursátil en 2021, según el medio económico CNBC.

Además de dictar la revisión, la corte revocó una decisión previa de un panel de tres jueces de una instancia inferior, que mantenía la validez de la norma.

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De forma inusual, todos los jueces de la corte -de mayoría republicana- revisarán el caso en pleno, con fecha tentativa el 13 de mayo.

La dio luz verde en 2021 a que el Nasdaq exigiera a sus cotizadas divulgar la composición de sus juntas directivas y contar al menos con dos miembros diversos: una mujer y otro que se identifique como una minoría étnica o parte del colectivo LGBTQ+.

Las empresas cotizadas que no cumplan con esas cuotas deben dar explicaciones al índice.

Inicialmente, incumplir la norma podía llevar a que la cotizada fuera apartada del índice, pero el Nasdaq parece descartar ese extremo en un documento explicativo fechado en febrero de 2023: destaca que no se trata de un “mandato” y que no evaluará los “méritos de la explicación” de quienes no cumplen las cuotas.

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