Si fuiste expulsado de Estados Unidos, ¿existe la posibilidad de poder regresar al país norteamericano? Esta es una de las preguntas que se hacen muchas personas que fueron deportadas. Si es tu caso, el de un familiar, un amigo o un conocido, te damos a conocer en esta nota si algún día puedes regresar a EE.UU.
¿PUEDO VOLVER A INGRESAR A ESTADOS UNIDOS SI FUI DEPORTADO?
Si fuiste deportado de Estados Unidos, aún tienes la posibilidad de volver a ingresar de forma legal al país norteamericano. Sí, así como lo leíste, puedes hacerlo a través de una solicitud; sin embargo, la elegibilidad para hacer el trámite dependerá de las circunstancias específicas de cada caso. ¿Cuál es el tuyo? Antes de dártelo a conocer, te comentamos que los ciudadanos extranjeros que fueron expulsados tienen que esperar un tiempo determinado para hacer la petición de retorno.
De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés), si resultas inadmisible “bajo la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), debes presentar el formulario I-212 (Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido) para pedir el consentimiento de volver a solicitar admisión a los EE.UU. para que puedas regresar legalmente a USA”, se lee en su sitio web. Esta venia es conocida en inglés como “permission to reapply”.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR VOLVER A EE.UU. TRAS HABER SIDO DEPORTADOS?
Según la sección 212(a)(9)(A) de la INA, un extranjero que es inadmisible puede presentar el formulario I-212. Antes de darte a conocer los requisitos que deben cumplir, te contamos las tres situaciones por las que una persona puede estar en este apartado: haber sido expulsado o haber salido de EE.UU. cuando se procesaba una orden de deportación, haber ingresado o intentado volver de forma ilegal tras ser deportado y haber acumulado más de un año de residencia ilegal en USA.
Quienes pueden solicitar mediante este formulario volver a Estados Unidos tras haber sido deportados son: “un solicitante de una visa de inmigrante, un solicitante de ajuste de estatus según la sección 245 de la INA (que no sea como un no inmigrante T o U que busca un ajuste según 8 CFR 245.23 o 245.24)” y un solicitante que desea solicitar admisión como no inmigrante en un puerto de entrada de EE.UU., pero que no está obligado a obtener una visa de no inmigrante”, publicó La Nación.
El medio argentino también precisa que las personas que son inadmisibles, según la sección 212(a)(9)(C) de la INA, pueden presentar el formulario I-211 en dos casos: si se trata de un solicitante de una visa de inmigrante y un solicitante que desea pedir la admisión como no inmigrante en un puerto de entrada de EE.UU., pero que no está obligado a obtener una visa de no inmigrante.
Adicional a ello, es preciso indicar que aquellos que son inadmisibles, de acuerdo con la sección 212(a)(9)(C), no pueden presentar dicho formulario mientras estén en Estados Unidos. Además, “no podrán obtener el consentimiento para volver a presentar la solicitud según la sección 212(a)(9)(C)(ii) a menos que estén en busca de la admisión al país más de diez años después de su última salida”.
No sólo ello, si el solicitante se encuentra fuera de Estados Unidos y está pidiendo una visa de inmigrante, solamente debe presentar el formulario siempre y cuando un funcionario consular lo declare inadmisible de conformidad con 212(a)(9)(A) o (C) de la INA.