Existe la posibilidad de evitar que el IRS realice descuentos a tu reembolso de impuestos. (Foto: Freepik)
Existe la posibilidad de evitar que el IRS realice descuentos a tu reembolso de impuestos. (Foto: Freepik)
Existe la posibilidad de evitar que el IRS realice descuentos a tu reembolso de impuestos. (Foto: Freepik)

Si pagaste más de lo que adeudas en impuestos, el te hará un reembolso. Pero ¿sabías que podría confiscarte una parte o la totalidad del monto que iba a entregarte? Si bien, es casi imposible impedir que te realicen descuentos, hay una forma de evitarlo. Conócela aquí.

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Antes de responderte esa pregunta, es importante que sepas cuáles son los principales motivos por los que el IRS te retendría parte o el total de tu dinero. Deudas pendientes con agencias federales, por manutención de menores o por desempleo son algunos de ellos.

Aunque completes y presenten bien tus formularios para reembolsos de impuestos, hay casos en los que se retendrá tu dinero (Foto: Freepik)
Aunque completes y presenten bien tus formularios para reembolsos de impuestos, hay casos en los que se retendrá tu dinero (Foto: Freepik)

LO QUE DEBES HACER PARA EVITAR UN DESCUENTO EN EL REEMBOLSO DE IMPUESTOS

Si tienes una deuda pendiente o eres moroso en los puntos señalados en el párrafo anterior, es casi seguro que la devolución de tu dinero será incompleta, pero hay una forma de evitarlo. ¿Cómo? A través del reembolso por omisión de compensación (OBR, por sus siglas en inglés). Se recurre a él cuando los contribuyentes que tienen dificultades financieras piden que no se le realice ningún descuento a su reembolso de impuestos.

“Si tiene una obligación tributaria federal, no debe dinero a otra agencia federal o estatal y está experimentando dificultades económicas significativas, el IRS puede renunciar a la compensación del reembolso y emitir el reembolso según los procedimientos de OBR. El IRS sólo puede renunciar a cantidades que se habrían compensado con una deuda tributaria federal”, se lee en su .

Si este es tu caso, actúa de inmediato, antes de que el IRS aplique el reembolso a otra obligación tributaria; caso contrario, será demasiado tarde. Cabe señalar que solamente se puede emitir un OBR para aliviar una dificultad específica como – por ejemplo – evitar la desconexión de servicios públicos o el desalojo; por tanto, debes establecer el monto de las dificultades, sino el “IRS sólo omitirá una cantidad suficiente de la compensación para aliviar las dificultades”.

Si actúas de inmediato, es posible que el IRS no realice ningún descuento a tu reembolso (Foto: Freepik)
Si actúas de inmediato, es posible que el IRS no realice ningún descuento a tu reembolso (Foto: Freepik)

¿CÓMO SOLICITAR EL REEMBOLSO POR OMISIÓN DE COMPENSACIÓN?

Para solicitar un OBR, no hay ningún formulario, solamente deberás solicitarlo comunicándote con el IRS. Llama al 800-829-1040 o al Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) antes de presentar tu declaración de impuestos ante el IRS.

También puedes llamar a la agencia con la que tienes una deuda para determinar si esta se presentó para compensación de reembolso. El número de la Oficina del Servicio tributario es 800-304-3107 (o TTY / TDD800-877-8339) que te atenderá de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. CST.