Esta jubilación anticipada brinda el derecho a los aportantes a la redención del bono de reconocimiento por sus aportes 2 años después de su retiro o cuando el afiliado cumpla los 65 años, lo que suceda primero. (Foto: GEC)
Esta jubilación anticipada brinda el derecho a los aportantes a la redención del bono de reconocimiento por sus aportes 2 años después de su retiro o cuando el afiliado cumpla los 65 años, lo que suceda primero. (Foto: GEC)

Todos los trabajadores que aportaron durante sus años de servicio al sistema pensionario de las AFP, y sean mayores a los 50 años, podrán hacer uso de esta “jubilación adelantada”.

La Ley N° 31332, desde el 1 de setiembre del 2021, estableció que los 50 años sería la edad mínima para acceder al tanto para hombres como mujeres afiliados a las AFP.

Esta jubilación anticipada brinda el derecho a los aportantes a la redención del bono de reconocimiento por sus aportes 2 años después de su retiro o cuando el afiliado cumpla los 65 años, lo que suceda primero.

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¿Cuáles son los pasos para solicitar la AFP?

Los jubilados que quieran acceder a sus aportes, deberán seguir esta serie de pasos determinadas por cada sistema de pensiones.

  • Contactar a la AFP en la que se encuentra afiliado, para saber si puede aplicar al dinero mediante la REJA. Para lo cual, el aportante deberá comunicarse a los números de su sistema, tanto AFP Hábitat, Prima AFP, AFP Integra, o Profuturo.
  • Ingrese a la página web de su respectivo sistema pensionario para continuar con los trámites de solicitud.
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