El Congreso de la República está evaluando un proyecto de ley que busca modificar la normativa vigente sobre la tercerización laboral. La propuesta de cambio redefiniría el concepto de tercerización, estableciendo que solo podrá aplicarse a actividades especializadas u obras que estén vinculadas con la actividad principal de la empresa.
Ya durante el Gobierno de Pedro Castillo, a través de un Decreto Supremo, se intentó limitar la tercerización, pero entidades como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recibió quejas al respecto de parte de las empresas. En caso el proyecto avance ahora en el Parlamento, se limitaría la tercerización por ley.
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Principales modificaciones
El Proyecto de Ley N° 8724/2024 propone redefinir la tercerización laboral, limitando su aplicación exclusivamente a actividades especializadas u obras que no formen parte del núcleo central (giro) del negocio de la empresa.
Según sostiene el documento, esta modificación se justifica en la necesidad de evitar el uso de la tercerización como herramienta para externalizar funciones esenciales del negocio. Esto podría debilitar la relación laboral directa y afectar los derechos de los trabajadores, como la estabilidad laboral y la posibilidad de sindicalización.
Además, el proyecto establece nuevas garantías para los trabajadores tercerizados, incluyendo el derecho a la contratación preferente en nuevos contratos de tercerización y la protección de sus derechos sindicales. Esta medida se basa en la preocupación de que la tercerización pueda ser utilizada para fragmentar la fuerza laboral y debilitar la representación sindical, afectando así la capacidad de los trabajadores para negociar colectivamente y defender sus intereses.
La propuesta introduce la responsabilidad solidaria de la empresa principal en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales y el pago de beneficios sociales de los trabajadores tercerizados. Esta disposición busca asegurar que, aunque el trabajador esté formalmente contratado por una empresa tercerizadora, sus derechos no se vean comprometidos y que la empresa principal asuma la responsabilidad en caso de incumplimientos. Otro detalle es que se extiende esta obligación hasta cuatro años después de la finalización del contrato.
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Análisis
Flavia Granados, asociada principal en DLA Piper Perú, explicó que esta propuesta de modificar la ley de tercerización resulta una insistencia en un tema que ya fue analizado y desestimado en 2022. En ese año, se intentó introducir el concepto del “núcleo del negocio” y limitar o prohibir la tercerización en relación con este núcleo, pero mediante un decreto supremo. Sin embargo, tanto Indecopi como el Tribunal Constitucional se pronunciaron en contra de esta medida, señalando su inviabilidad.
Ahora, lo que se busca es modificar la ley a través del Congreso, lo que representa otro intento de implementar cambios que ya han sido declarados inconstitucionales. Granados cuestionó esta insistencia, subrayando que se está volviendo a proponer algo que ya fue rechazado por las autoridades competentes.
Para la abogada, aprobar una norma que repite los errores del pasado no resulta adecuado, ya que afecta la libertad empresarial y no aborda de manera efectiva los problemas subyacentes relacionados con la tercerización.
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Martin Ruggiero, abogado laboralista, señaló que la restricción de la tercerización de actividades consideradas como parte del núcleo de negocio podría llevar a una reducción en el número de empresas tercerizadoras.
“Esta disminución afectaría la oferta de servicios especializados, lo que a su vez podría perjudicar la eficiencia operativa de las empresas usuarias que dependen de la tercerización para optimizar sus procesos productivos”, subrayó.
Además, el abogado alertó sobre el posible incremento de la informalidad laboral. Con la imposición de estas nuevas limitaciones, muchas empresas podrían verse obligadas a buscar alternativas menos reguladas para mantener sus operaciones, lo que fomentaría prácticas informales y aumentando la precarización de los empleos.
Enfatizó que el proyecto podría restringir innecesariamente la tercerización, basándose en un prejuicio de que esta práctica conlleva a elevar la precarización laboral. Sin embargo, el abogado argumentó que la tercerización, si se maneja adecuadamente, puede ser una herramienta valiosa para mejorar la calidad de los productos o servicios que ofrecen las empresas.
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Juan Valera, abogado laboralista, también criticó la confusión que podría generar el proyecto en la clasificación de micro y pequeñas empresas (mypes). Detalló que el proyecto relaciona incorrectamente la condición de mypes con la cantidad de trabajadores, cuando en realidad, esta segmentación depende del volumen de ventas anuales. Esta imprecisión podría complicar una eventual aplicación correcta de la ley y afectar a muchas pequeñas empresas que operan bajo este régimen.
Otra consecuencia que observó Valera es el impacto negativo en la recaudación tributaria. El proyecto, al aumentar la rigidez en la regulación laboral, podría conducir a una menor tributación por parte de las empresas, lo que afectaría directamente al fisco. Esto contrasta con el análisis económico del proyecto, que sugiere erróneamente que no habrá costos adicionales para el Estado.
Finalmente, Valera expresó su preocupación por la extensión de la responsabilidad solidaria en el ámbito laboral, que incluiría las multas derivadas de inspecciones hasta cuatro años después de la finalización del contrato de tercerización. Esta medida podría incrementar el riesgo legal y financiero para las empresas, generando un entorno más conflictivo y judicializado.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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