El trabajador había hecho uso de la lista de proveedores de catering de su empresa, lo que a consideración de la Corte, tampoco calzaba como falta grave.
El trabajador había hecho uso de la lista de proveedores de catering de su empresa, lo que a consideración de la Corte, tampoco calzaba como falta grave.

La Corte Suprema indicó en un reciente fallo que si un trabajador adquiere un servicio u obtiene un préstamo personal con un proveedor de su empleador, el hecho no podrá catalogarse como falta grave. Si se retira al trabajador por ello se trataría de un despido fraudulento.