El Poder Ejecutivo anunció que buscará impulsar la creación de proyectos que promuevan la innovación tecnológica, la reducción de la brecha de infraestructura y de acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones. A través del Decreto Legislativo (D.Leg) Nº 1599, el Poder Ejecutivo estableció medidas especiales para el sector de telecomunicaciones, con flexibilizaciones y exoneraciones en la regulación para los proveedores de estos servicios.
Según indican en el documento, se facultará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a “flexibilizar la regulación vigente u otorgar exenciones regulatorias específicas, por un periodo y alcance geográfico limitados” a las personas y empresas que deseen proveer infraestructura o prestar servicios públicos de telecomunicaciones impulsando proyectos de innovación para optimizar el acceso y uso de estos servicios.
Estas facilidades, que se otorgan previa solicitud, también aplicarán para los proveedores que promuevan el despliegue de infraestructura y/o la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales o de interés social o que no cuenten con servicios públicos de telecomunicaciones.
LEA TAMBIÉN: España ordena a estatal Sepi compra de hasta 10% de Telefónica.
“Las flexibilizaciones o exenciones otorgadas en virtud del presente numeral se circunscriben a las competencias y funciones atribuidas al MTC. Asimismo, deberán estar en concordancia con los compromisos internacionales asumidos por el Perú relacionados a los servicios de telecomunicaciones; y no comprenden obligaciones en materia ambiental, ni a las obligaciones relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas u originarios, ni las materias que son de competencia del Osiptel, indica el D.Leg.
El MTC también estará facultado aprobar un régimen especial para que los concesionarios del servicio puedan usar un porcentaje de los aportes que realizan por concepto de tasa de explotación comercial del servicio y/o aporte al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (Fitel) para la expansión de infraestructura o mejora tecnológica, así como al pago de servicios finales de telecomunicaciones, en áreas rurales o de preferente interés social.
El porcentaje que podrán usar de esos aportes se determinará en la norma reglamentaria del Decreto Legislativo, la cual debe estar lista en un plazo máximo de 90 días hábiles.
Las condiciones, requisitos y los criterios que se tomarán en cuenta para aplicar los beneficios, así como los plazos máximos de duración de éstos y los mecanismos de coordinación correspondientes, también se determinarán en el reglamento del decreto.
El MTC puede establecer medidas adicionales dependiendo de cada proyecto para garantizar que, durante la ejecución de estos, se respeten los derechos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, así como la correcta administración del espectro radioeléctrico y la defensa de la libre y leal competencia.
LEA TAMBIÉN: A pura fibra: Claro y US$ 300 mllns para cobertura y tecnología el 2024.
Otros puntos del decreto
El D.Leg. también hace mención al incremento de velocidad mínima del servicio de conexión a internet prestado a través de los proyectos regionales de banda ancha.
Según indican, se faculta al MTC, mediante el Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), a realizar las gestiones de modificación contractual y suscripción de adendas de los proyectos bajo su competencia con el objetivo de adecuar los contratos vigentes a las condiciones mínimas de velocidad establecidas en la normativa y asumir, de ser el caso, los costos derivados de las adecuaciones que pudiera requerirse para tal efecto, previa negociación con los contratados.
Además, se da facultades al Pronatel para usar los recursos públicos para financiar proyectos para ampliar la cobertura del servicio de banda ancha en los departamentos de Loreto, Ucayali y Madre de Dios ubicados en selva, a través de la modalidad de Proyectos en Activos.