La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció el procedimiento de devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los turistas ante la entidad colaboradora.
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000097-2023/Sunat, que se publicó este lunes 1 de mayo en Normas Legales del Diario El Peruano, se señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y regula otras disposiciones.
De esta manera, el Gobierno busca promover el turismo receptivo en el país.
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Condiciones de emisión de las constancias Tax Free
De acuerdo a la norma, el establecimiento autorizado emite las constancias Tax Free, a través del sistema informático de la entidad colaboradora, el cual genera un código que las identifica una vez que aquel culmina con el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual que se encuentra disponible en dicho sistema.
Devolución del IGV a los turistas
Según la resolución, el turista, que a la fecha de su salida del Perú no haya superado el tiempo autorizado de permanencia en el país para ser calificado como tal, puede iniciar el procedimiento ante la entidad colaboradora para solicitar la devolución del IGV que haya gravado sus adquisiciones de bienes realizadas durante dicho tiempo en los establecimientos autorizados.
Para efecto, el turista puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil conforme a lo siguiente:
- El turista debe ingresar el número de su documento de identidad en el kiosco de autogestión. Para ello, utiliza el mismo tipo y número que se haya consignado en sus constancias Tax Free.
- Una vez ingresado el documento de identidad, el sistema interactivo del kiosco de autogestión muestra las constancias Tax Free emitidas a nombre del turista, debiendo este seleccionar aquellas vinculadas con los bienes que estén siendo llevados al exterior a su salida del país y siempre que estén siendo trasladados por él mismo.
- Seleccionadas las constancias correspondientes, el sistema interactivo del kiosco de autogestión asigna al turista un canal de control: rojo o verde.
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De asignarse el canal de control rojo, el turista debe dirigirse al personal de la Sunat, ubicado en el puesto de control habilitado, a fin de exhibir lo siguiente:
- El documento de identidad que acredite su calidad de turista.
- Los bienes adquiridos en los establecimientos autorizados que esté llevando al exterior a su salida del país y que esté trasladando él mismo.
- La representación impresa, digital u otra de la factura entregada por el establecimiento autorizado.
“En el caso de que se compruebe la calidad de turista, el personal de Sunat procede a efectuar la validación solo respecto de los bienes cuyas adquisiciones hayan sido comprobadas, que estén siendo llevados al exterior por el turista a su salida del país y siempre que estén siendo trasladados por él mismo; caso contrario, se rechaza el registro de la solicitud de devolución del IGV”, dice la norma.
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De asignarse el canal de control verde, el turista procede a efectuar la validación:
- Se valida el número de la tarjeta de débito o de crédito del turista, en la que se le abonará el importe del IGV a devolver.
- Una vez validada la información referida en el numeral anterior, el sistema interactivo del kiosco de autogestión genera finalmente el registro de la solicitud de devolución del IGV.
Aplicación móvil
Para solicitar la devolución del IGV a través de la aplicación móvil, deben seguirse los siguientes pasos:
El turista debe ingresar a la aplicación móvil, escanear el código QR de corresponder y seguir las instrucciones que le muestre dicha aplicación.
Seleccionadas las constancias Tax Free correspondientes, vinculadas con los bienes que estén siendo llevados al exterior por el turista a su salida del país y siempre que estén siendo trasladados por él mismo, la aplicación móvil le asigna un canal de control, rojo o verde.
En el plazo de cinco días calendarios, contados a partir del día calendario siguiente de registrada la solicitud de devolución del IGV, la entidad colaboradora abona en la tarjeta de débito o de crédito del turista el importe correspondiente, descontando previamente la comisión que dicha entidad le cobre por la prestación de este servicio.
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Solicitud de reembolso de los importes devueltos a los turistas
Para solicitar ante el ente recaudador el reembolso de los importes devueltos a los turistas, la entidad colaboradora debe presentar el Formulario Virtual Nº 1649 - Solicitud de devolución, a través de Sunat Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOL en Operaciones en Línea.
- A la solicitud de reembolso se adjunta la liquidación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.
- Una vez presentada la solicitud de reembolso, Sunat Operaciones en Línea genera de manera automática una constancia de presentación, la cual puede ser impresa. Dicha constancia cuenta con los datos proporcionados por la entidad colaboradora y con el número de orden que le asigne el referido sistema.
- La entidad colaboradora puede presentar la solicitud de reembolso hasta en dos oportunidades por mes.
- En caso de que dicha entidad opte por presentar dos solicitudes de reembolso al mes, la segunda solicitud se presenta luego de que hayan transcurrido, como mínimo, 15 días calendarios de presentada la primera solicitud.
- La Sunat, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de presentada la solicitud de reembolso, resuelve esta de acuerdo con el procedimiento a que se refiere el segundo párrafo del artículo 162 del Código Tributario.
Puesto de control habilitado
El puesto de control habilitado del terminal internacional aéreo Jorge Chávez se encuentra ubicado en la zona de control de preembarque del primer piso.
El puesto de control habilitado se encuentra operativo a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución; es decir, desde el 2 de mayo de 2023.
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