Redacción Gestión

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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () informó hoy que ha simplificado los procedimientos para la modificación o actualización de la información del Registro para el Control de y Bienes Fiscalizados, así como para la renovación de la inscripción en el registro.

De esta manera, los procedimientos de baja de presentaciones, modificación de la indicación si la presentación será considerada para uso doméstico, baja de conductores de los vehículos destinados al transporte de bienes fiscalizados o al servicio de transporte, y la modificación del código de manejo interno de la presentación, se realizarán por Internet a través de Sunat Virtual y serán de aprobación automática.

También se ha establecido que, culminada la vigencia de la inscripción en el registro, la Sunat dará de baja la inscripción en el registro, pudiendo los usuarios presentar una nueva solicitud de inscripción; de esta manera se amplía a otros supuestos de suspensión la excepción para dar de baja la inscripción en el registro, no limitándose al caso de la suspensión a pedido de parte.

Asimismo la norma regula el procedimiento de renovación de la inscripción en el registro el cual será más expeditivo, y se efectuará a través de SOL (Sunat Operaciones en Línea) a través del portal institucional.

Para esto último se ha aprobado el Formulario Virtual N° Q108 "Solicitud de Renovación de la inscripción en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados" y extiende el uso de las notificaciones SOL para enviar al usuario la resolución que aprueba la renovación de la inscripción en el Registro.