La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que hasta la fecha se han presentado más de 135,000 solicitudes de acogimiento al Fraccionamiento Especial, cuyo plazo de presentación vence el 28 de febrero.
Según los datos proporcionados, el 61% de las solicitudes han sido registradas por personas naturales, mientras que el 39% restante corresponden a empresas. En cuanto a las actividades económicas, los sectores con mayor número de solicitudes incluyen comercio de bienes, transporte de carga, construcción y restaurantes.
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Modalidades de pago y beneficios
El Fraccionamiento Especial permite a los contribuyentes regularizar sus deudas tributarias mediante diferentes modalidades de pago:
- Pago al contado: Permite la cancelación total de la deuda acogida. No se requiere pago si la deuda corresponde únicamente a intereses y multas que sean extinguidas por el bono de descuento.
- Pago sumario: Requiere un pago inicial del 25% de la deuda menos el bono de descuento. El saldo se cancela en hasta tres cuotas mensuales.
- Pago fraccionado: Exige un pago inicial del 10% de la deuda y el saldo se divide en hasta 72 cuotas mensuales, con un monto mínimo de S/ 260 por cuota, salvo la última.
En cuanto a los beneficios, el Fraccionamiento Especial contempla descuentos en intereses y multas según el monto total de la deuda acogida:
La tasa de interés aplicable al Fraccionamiento Especial en las modalidades de pago sumario y fraccionado equivale al 60% de la Tasa de Interés Moratorio (TIM). En algunos casos, cuando la deuda actualizada supere las 200 UIT, será necesario presentar garantías para acogerse al beneficio.
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Contribuyentes que han solicitado el fraccionamiento
Entre los solicitantes, el 47% pertenece al Régimen MYPE Tributario, seguido por contribuyentes con rentas distintas a las de Tercera Categoría (19%), el Régimen Especial de Renta (17%), el Régimen General (14%) y el Régimen Único Simplificado (3%).
El Fraccionamiento Especial está disponible para deudas tributarias administradas por SUNAT que constituyen ingresos del Tesoro Público, como el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas (IGV), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el Impuesto Especial a la Minería y deudas aduaneras, entre otras. También pueden acogerse saldos de fraccionamientos y aplazamientos vigentes o no vigentes.
Una vez aprobada la solicitud, se suspende la cobranza coactiva y se levantan las medidas de embargo relacionadas con el procedimiento.
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Procedimiento para solicitar el fraccionamiento
Los contribuyentes pueden presentar su solicitud a través del Formulario Virtual N° 1707, disponible en el portal web de Sunat. Para obtener más información sobre el Fraccionamiento Especial y los requisitos para acceder al beneficio, la entidad ha habilitado un micrositio informativo.
El plazo para acogerse a este mecanismo vence el 28 de febrero de 2025.
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