En un entorno económico globalizado, es común que los peruanos reciban ingresos procedentes de actividades fuera del país. Estos pueden provenir de trabajos a distancia, inversiones, propiedades alquiladas en el exterior, entre otros. La correcta declaración de estos ingresos es esencial para cumplir con las obligaciones tributarias en Perú. A continuación, detallamos cómo realizar esta declaración adecuadamente.
Juan Pablo Porto, socio de Cuatrecasas y experto en derecho tributario y Rainer Carrillo, asociado senior en DLA Piper Perú, proporcionan una guía detallada sobre cómo declarar las rentas de fuente extranjera en Perú, en el marco del próximo vencimiento (27 de mayo) de la declaración jurada anual correspondiente al año 2023.
Los domiciliados en Perú están sujetos al Impuesto a la Renta sobre sus ingresos de fuente extranjera. Esto significa que deben declarar tanto las rentas generadas dentro del país (fuente peruana) como aquellas obtenidas en el extranjero (fuente extranjera). La obligación de tributar en Perú aplica a cualquier tipo de ingreso que reciban, sin importar en qué país se genere.
Carrillo, explicó que para realizar una correcta determinación del Impuesto a la Renta Anual, es fundamental tener la definición lo que es una renta de fuente extranjera, las cuales, se consideran los ingresos provenientes de inversiones en el exterior, tales como intereses, dividendos y bonos pagados por empresas extranjeras.
Estos ingresos suelen adquirirse como parte de un portafolio de inversión o como resultado de trabajos en empresas transnacionales.
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Porto, indicó que para facilitar la declaración de rentas de fuente extranjera, la declaración jurada anual incluye una sección específica, la casilla 116. En esta casilla, los contribuyentes deben registrar las rentas netas de fuente extranjera percibidas durante el año fiscal. Es fundamental que los contribuyentes verifiquen que todas las rentas de fuente extranjera estén adecuadamente registradas en esta casilla para cumplir con las obligaciones fiscales peruanas.
Por su parte, Carrillo señaló que, las rentas de fuente extranjera se tributan sumándose a las rentas de trabajo (sueldos y honorarios) y se grava bajo una escala del 8% al 30% dependiendo de los ingresos obtenidos.
Además, el Formulario Virtual No. 709 para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2023 ya se encuentra disponible desde el portal web y la app personas de la Sunat y deberá ser presentada como máximo hasta el día de vencimiento, según el último dígito del RUC de cada contribuyente.
Si existe un impuesto por pagar, este puede ser cancelarlo por línea (banca virtual, tarjetas de crédito o débito, transferencias, entre otros) o también de forma presencial en los bancos o agentes autorizados con el Formulario No. 1662
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Deducción de Gastos:
Porto explicó que, al declarar rentas de fuente extranjera, los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos relacionados con la generación de esas rentas, permitiendo así que solo la renta neta sea sujeta a impuestos. Los gastos deducibles pueden incluir:
- Comisión de corredores: Si se perciben rentas por alquiler de inmuebles en el extranjero, la comisión pagada a los corredores que facilitaron el alquiler es deducible.
- Gastos de asesoría legal: Cualquier gasto en asesoría legal relacionado con la obtención de las rentas también es deducible.
- Tributos sobre la propiedad: Los impuestos pagados en el extranjero sobre la propiedad que genera las rentas también pueden deducirse.
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Tipo de renta y convenios:
Porto subrayó que, es esencial identificar el tipo de renta de fuente extranjera al momento de la declaración. Las rentas pueden clasificarse en varias categorías, tales como:
- Rentas de bienes inmuebles: ingresos por alquileres de propiedades ubicadas en el extranjero.
- Dividendos: ingresos provenientes de acciones en empresas extranjeras.
- Intereses: ganancias por intereses de cuentas bancarias o inversiones en el extranjero.
- Regalías: ingresos por derechos de propiedad intelectual.
- Ganancias de capital: beneficios obtenidos por la venta de valores o activos en el extranjero.
- Servicios: ingresos por servicios prestados a entidades extranjeras.
Perú ha suscrito convenios para evitar la doble imposición con varios países, incluyendo Canadá, Chile, Brasil, Portugal, México, Suiza, Corea del Sur, Japón y la Comunidad Andina (Ecuador, Bolivia, Colombia). Estos convenios pueden ofrecer beneficios fiscales y evitar que las mismas rentas sean gravadas en ambos países.
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Percibo Efectivo:
Las rentas de fuente extranjera que no provienen de la explotación de un negocio o empresa en el exterior y que no están sujetas a reglas de transparencia fiscal internacional deben incluirse en la declaración solo cuando sean efectivamente percibidas. Porto, explicó que, si las rentas se han generado pero aún no se han cobrado, no deben ser declaradas. Esto ayuda a asegurar que solo los ingresos realmente obtenidos sean gravados.
Si las rentas de fuente extranjera han sido sujetas a retenciones fiscales en el país donde se generaron, los contribuyentes pueden aplicar el impuesto retenido contra sus obligaciones fiscales en Perú, sujeto a ciertas limitaciones. Para registrar este crédito por impuestos retenidos en el extranjero, se debe utilizar la casilla 122 de la declaración jurada anual. Este crédito puede ayudar a reducir la doble tributación y el total de impuestos a pagar en Perú.
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Caso Práctico:
Porto, expuso un ejemplo, donde, Juan, gerente comercial de Golosinas Perú S.A.C., gana S/300,000 por su trabajo en Perú y S/60,000 en dividendos de una empresa australiana durante 2023. Juan debe:
1. Incluir los S/300,000 como ingresos de trabajo en la declaración.
2. Incluir los S/60,000 de dividendos en la casilla correspondiente de rentas de fuente extranjera.
3. Asegurarse de que los dividendos se sumen a su renta neta del trabajo y tributen a una tasa marginal del 30%.
4. Si los dividendos estuvieron sujetos a retenciones en Australia, Juan puede aplicar este crédito fiscal en la casilla 122.
Este enfoque detallado ayuda a los contribuyentes peruanos a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera precisa y conforme a la normativa vigente.
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Excepciones:
Carrillo, explicó que excepcionalmente, las rentas de fuente extranjera obtenida por la enajenación de acciones a través de mecanismos de negociación extranjeros de acciones registradas en el exterior se suman a las rentas de segunda categoría y aplica una tasa del 6.25%, siempre que exista un Convenio de Integración suscrito con estas entidades.
Es importante tener en cuenta que en aquellos casos en que las inversiones no se encuentren a nombre propio, sino a través de empresas intermediarias del exterior (sociedades offshore), siempre que se cumplan ciertos requisitos también deberá tributarse por la ganancia reportada por estas al 31 de diciembre de 2023. Ello ocurrirá aun cuando no se haya aprobado la distribución de dividendos de tales empresas.
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