La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó este martes que modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago y la normativa sobre emisión electrónica para permitir la emisión de facturas a turistas.
En la resolución de Superintendencia Nº 000005-2023/Sunat, que se publicó hoy en Normas Legales del diario El Peruano, se indicó que se busca implementar la devolución del IGV a turistas, para lo cual se permite que en las operaciones de venta de bienes en el país los establecimientos autorizados puedan emitir facturas a turistas que carecen de número de RUC, así como notas de crédito y de débito vinculadas a estas.
En la norma se precisó que se permitirá la emisión de facturas en la venta de bienes que realicen los establecimientos autorizados “a extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, que sean llevados al exterior al retorno a su país por vía aérea o marítima, siempre que los traslade el propio turista”.
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Con respecto a la factura electrónica para sujetos no domiciliados, Sunat detalló que se exceptuará del requisito de consignación del número de RUC del adquirente o usuario. Deberán ingresar los nombres y apellidos, denominación o razón social del adquirente o usuario.
En conversación con Gestión.pe, el tributarista Jorge Picón indicó que en la norma se reguló la factura electrónica especial para que establecimientos autorizados por Sunat las emitan a los turistas extranjeros y con ello se les devuelva el Impuesto General a las Ventas (IGV).
Sostuvo que esa medida se da para fomentar las ventas e impulsar el turismo. “Las tratan como una exportación y eso significa que la venta al turista no debería estar gravada con IGV”, añadió.
El tributarista mencionó que favorecerá a los establecimientos de artesanía, platería, joyería y todo lo que un turista puede comprar. “Aquí lo que regulan son las ventas de bienes, eso es materia de devolución”, dijo.
¿Cómo será el procedimiento para la devolución de IGV?
Picón mencionó que esa devolución de IGV para los turistas extranjeros se implementa de dos maneras.
“Hay países como Brasil en los cuales por ser turistas muestran su pasaporte y no te cobran el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), simplemente te venden el producto sin ese impuesto, pero hay otros países como España que te dicen que vayas a locales autorizados que venden para turistas y te emiten una factura, entonces cuando vas al aeropuerto le devuelven ese monto”, refirió.
En esa línea, el tributarista señaló que el Perú optó por el segundo esquema en donde los turistas compran en un lugar autorizado que le brinda una factura electrónica y en el aeropuerto se le devuelve el monto de IGV correspondiente.
“No es que el establecimiento (negocio) no le cobra el IGV, sino que le emite la factura electrónica como se viene haciendo, pero el turista lleva ese comprobante al aeropuerto donde le devuelven el impuesto. Normalmente cuando se pasa la zona internacional debería haber una suerte de ventanilla especial, como ocurre en otros países, y revisan de manera electrónica para la devolución a través de tarjetas de crédito o efectivo”, precisó.
Precisó que Sunat tendrá que decir que ya está abierta la oficina de devolución, para que se implemente.
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