La presentación electrónica a través del Sid-Sunarp constituye un medio alternativo a la presentación de los títulos notariales en soporte papel, indica la Sunarp. (Foto: GEC)
La presentación electrónica a través del Sid-Sunarp constituye un medio alternativo a la presentación de los títulos notariales en soporte papel, indica la Sunarp. (Foto: GEC)

La presentación del parte notarial de la constitución de una hipoteca en el Registro de Predios podrá realizarse a través del Sistema de Intermediación Digital - SID Sunarp en todas las Oficinas Registrales del país, a partir del martes 12 de mayo, informó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Así, se suprime el uso del papel en el procedimiento registral, se simplifican los trámites internos y se previene la posibilidad de fraude documentario. Además, se evitará la aglomeración de personas en las oficinas registrales y la circulación del título entre distintas áreas del registro, beneficios que adquieren mayor relevancia en el contexto de la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus.

Como se recuerda, mediante una hipoteca se garantiza el cumplimento de una obligación dando en garantía un inmueble (casa, terreno, local comercial, entre otros).

Según la resolución publicada el pasado sábado en El Peruano, la presentación electrónica del parte notarial de constitución de hipoteca puede efectuarse en conjunto con otro acto de transferencia disponible en el SID Sunarp, comprendiendo hasta cuatro predios inscritos en una determinada oficina registral.

En los últimos años, la constitución de hipotecas se ha incrementado hasta sumar 97,940 hipotecas registradas a nivel nacional solo en el 2019.

Otros actos inscribibles a través del SID-Sunarp

A través del SID-Sunarp se podrán presentar los siguientes títulos de origen notarial.

-Constitución de Asociaciones en el Registro de Personas Jurídicas.

-Separación de Patrimonios y Sustitución del Régimen Patrimonial en el registro de Personas Naturales.

-Separación convencional y Divorcio ulterior en el Registro de Personas Naturales.

Como lo recuerda la entidad pública, la presentación electrónica a través del Sid-Sunarp constituye un medio alternativo a la presentación de los títulos notariales en soporte papel.