El Tribunal de Fiscalización Laboral ha emitido una resolución que anula las sanciones económicas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) a una empresa. Este caso surge a raíz de un recurso de revisión presentado por la empresa mencionada contra una Resolución que le impuso multas por supuestas infracciones graves relacionadas con el cumplimiento de requerimientos de información por parte de la empresa. ¿Qué fue lo que pasó?
La empresa apeló la decisión inicial, en la cual fue multada y argumentó en la apelación, que no se le había dado un trato justo y que las reglas no se aplicaron de manera lógica. En ese sentido declaró que había cumplido con los requerimientos solicitados por Sunafil y que los procesos administrativos no habían considerado adecuadamente sus argumentos de defensa, específicamente en lo que respecta a la notificación de los requerimientos de información.
Ante esto, el Tribunal de Fiscalización Laboral resolvió anular las sanciones económicas impuestas por Sunafil a la empresa debido a que se identificaron fallos en el debido procedimiento, especialmente en la notificación de los requerimientos de información y la evaluación de los argumentos de defensa de la empresa.
Esto indica que el Tribunal encontró que no se siguieron adecuadamente los principios del procedimiento administrativo y el derecho de defensa, lo que llevó a la nulidad de los actos administrativos impugnados.
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Expertos opinan
Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, indica que la resolución es una buena manera en que las notificaciones de la Sunafil deben ser manejadas, reforzando el principio del debido proceso.
“Este principio asegura que tanto individuos como empresas tengan derecho a un proceso justo y adecuado, siendo la notificación correcta una pieza clave para garantizar la justicia del proceso” dijo.
Toyama explica que la práctica anterior asumía que los empleadores debían revisar su casilla electrónica diariamente, sin necesidad de una alerta adicional. Sin embargo, este método llevó a situaciones en las que las notificaciones eran ignoradas, lo que podría resultar en sanciones por falta de respuesta.
La nueva medida busca asegurar que los empleadores estén plenamente conscientes de las comunicaciones relevantes, evitando sanciones injustas por no actuar a tiempo.
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Debido Proceso
Toyama destaca la responsabilidad de las empresas de registrar un correo electrónico en la plataforma de Sunafil para recibir notificaciones y subraya la importancia de cumplir con los procedimientos administrativos para evitar consecuencias negativas por no atender notificaciones.
La resolución proporciona un mayor derecho de defensa a las empresas, marcando un cambio radical respecto a prácticas anteriores en las que la falta de registro de un correo electrónico podía resultar en la validación de notificaciones no recibidas.
“El debido proceso es esencial en la salvaguarda de los derechos tanto de individuos como de empresas frente a las acciones del Estado, garantiza un trato justo y equitativo dentro del sistema administrativo y judicial” dijo.
La claridad, precisión y accesibilidad en la comunicación de resoluciones, requerimientos o acciones legales constituyen la base para que los afectados puedan ejercer adecuadamente su defensa, un aspecto que cobra especial importancia ante la práctica de notificar a través de casillas electrónicas, concluye.
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Por su parte, Cristina Oviedo, socia de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados resalta que la alerta de notificación es inmediata tras el depósito en la casilla electrónica, marcando el inicio de los plazos para acciones pertinentes desde el momento de su recepción.
Este cambio no solo afecta a procedimientos futuros sino que también proporciona un recurso para aquellos empleadores que previamente no recibieron tal alerta y enfrentaron consecuencias como resultado. Afirma que “uno de los efectos más notables de esta resolución es la oportunidad que ofrece a los empleadores para impugnar sanciones previamente impuestas”.
Aquellos que se enfrentaron a multas o penalizaciones debido a la falta de conocimiento de una notificación, ahora tienen la base para solicitar la revisión de sus casos.
Este recurso es particularmente relevante para procedimientos sancionadores que aún están en trámite, ofreciendo una ventana para la defensa basada en la falta de una alerta adecuada.
Oviedo menciona que esta posibilidad no solo abre la puerta a la anulación de sanciones específicas sino que también plantea preguntas sobre la validez de procedimientos pasados y la equidad del proceso de notificación anterior.
La capacidad de utilizar este nuevo criterio en recursos impugnativos, como la apelación o el recurso de revisión, significa que casos que previamente se consideraban cerrados pueden ser reabiertos, bajo el argumento de que la notificación no cumplió con el estándar ahora requerido por el tribunal.
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