Se establecieron nuevos criterios para la importación de aves al país, teniendo en cuenta un posible escenario de influenza aviar.
Se establecieron nuevos criterios para la importación de aves al país, teniendo en cuenta un posible escenario de influenza aviar.

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria () del Perú actualizó una serie de requisitos para la importación de carne de ave fresca, refrigerada o congelada procedente de , así lo informaron a través de la Resolución Directoral Nº D000011-2024-MIDAGRI-SENASA-DSA.

Los nuevos criterios se aplicarán para el ingreso no solo de carne de ave sino también de despojos comestibles de gallo, gallina, pavo, pato, ganso o pintada, pero ¿qué establece la Senasa ahora? La mayoría de los requisitos están relacionados a evitar el ingreso de productos que hayan sido afectados por la .

Requisitos

En primer lugar, la Senasa indica que las aves deben haber nacido y criado en Bolivia, en granjas autorizadas e inspeccionadas periódicamente por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria ), autoridad boliviana.

Este producto debe ser apto para el consumo humano, por lo que no pueden haber tenido influenza aviar y Newcastle durante al menos los 30 días previos al sacrificio. Deberán ser sometidas a inspección ante mortem y post mortem a cargo del médico veterinario para comprobar que no tuvieron signos ni lesiones de estas enfermedades.

Asimismo, las que ingresen al país tampoco pueden proceder de granjas que hayan presentado casos de influenza aviar altamente patógena.

Las aves o partes de estas que se exporten al Perú no pueden haber sido desechadas o descartadas como consecuencia de un programa de erradicación de una enfermedad aviar transmisible.

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El matadero donde fueron faenadas también debe haber sido autorizado por el Senasag y habilitado por la autoridad peruana. Y también se deberá comprobar que se tomaron las precauciones necesarias para evitar la contaminación durante el transporte del ave al matadero, faenado y procesamiento con cualquier fuente de virus de de alta patogenicidad.

Tanto la granja como el matadero por donde haya pasado el ave no pueden estar ubicados en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de aves, al menos un área de 3 km a su alrededor, durante los 30 días previos al embarque.

El producto final exportado al territorio peruano debe haber sido embalado en material adecuado y etiquetado donde se consigna el nombre del país, matadero de origen, fecha de producción y vigencia.

Según indica, se deberá comprobar que los envases y embalajes para transportar el producto son de primer uso y no han estado expuestos a cualquier fuente de contaminación.

Finalmente, el embarque deberá ser verificado por el Senasag y al llegar al Perú se podrá someter a controles y exámenes que determine el , cuyos costos serán asumidos por los usuarios. Además de estas condiciones, también deberán cumplir con las exigencias solicitadas por otras instituciones competentes del Perú.

Bajo estos nuevos requisitos, la Senasa da la autorización para la emisión de los permisos sanitarios de importación para estos productos pecuarios, y se precisa que, para garantizar el cumplimiento de lo establecido, se podrán aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias.

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