Las municipalidades, en diversas zonas del país, intensificaron el control sobre las licencias de funcionamiento, generando alertas para las empresas que operan en sectores comerciales e industriales. Esta fiscalización más detallada derivó en un aumento de sanciones y clausuras, debido a la rigurosidad sobre las actividades permitidas en las licencias originales.
En el marco del evento “¿Cómo detener una orden de demolición express?”, organizado por el Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie, se explicó que el principal problema radica en el detallado sistema de zonificación y el índice de usos, instrumentos que las municipalidades emplean para verificar la compatibilidad de las actividades empresariales con las normativas.
En detalle, el índice de usos es una herramienta legal utilizada por las municipalidades para clasificar y determinar las actividades permitidas en ciertas zonas urbanas.
Este índice se basa en un sistema detallado que agrupa actividades económicas, comerciales, industriales, residenciales, entre otras, y define qué tipo de actividades pueden realizarse en cada área específica de una ciudad.
En el Perú, este índice sigue el Clasificador Internacional Uniforme y se aplica de manera exhaustiva, especificando detalladamente qué actividades son compatibles con cada zona.
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Ejemplos
El estudio recogió varios casos reales que ejemplifican los inconvenientes que enfrentan las empresas con el índice de usos de las licencias de funcionamiento por parte de las municipalidades.
Uno de los principales problemas surge cuando las municipalidades exigen que las empresas amplíen su licencia si identifican actividades adicionales no incluidas en la descripción original, aunque estas actividades sean parte natural del funcionamiento del negocio.
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Por ejemplo, algunas industrias que cuentan con oficinas administrativas, estacionamientos o áreas de mantenimiento—todas necesarias para sus operaciones— recibieron notificaciones municipales argumentando que “modificaron el giro” de su actividad. Esto ocurre a pesar de que la licencia de funcionamiento ya permite el uso industrial, que en teoría debería abarcar estas funciones internas.
Uno de los casos más comunes es el de las empresas industriales que, bajo su licencia de “fábrica” o “edificación industrial”, incluyen espacios como oficinas administrativas o almacenes.
A pesar de que estas áreas son esenciales para la actividad principal de la empresa, las municipalidades pueden considerar que se amplió el uso de la licencia, al no estar detalladas específicamente. Esto lleva a las autoridades a sancionar o clausurar los locales, alegando que no se solicitaron permisos adicionales para esas actividades específicas.
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Exceso de detalles
Laura Francia, asociada principal del Estudio Echecopar, explicó que el índice de usos en Perú es extremadamente detallado y puede generar complicaciones para las empresas. Francia recordó que este clasifica miles de actividades y determina cuáles son permitidas en cada zona, basándose en la zonificación del área.
Sin embargo, una de las principales críticas es que este nivel de especificación puede resultar en situaciones poco prácticas, como permitir la confección de camisas, pero no la de ropa para niños en una misma zona.
Francia destacó que, a diferencia de otros países donde las licencias se emiten bajo categorías generales como “uso comercial” o “uso industrial”, en Perú se requiere un desglose exhaustivo de cada actividad.
Esto genera que, al solicitar una licencia de funcionamiento, las empresas se enfrenten a verificaciones minuciosas de cada tarea que realizan, lo que puede derivar en sanciones o clausuras si la municipalidad registra que hay actividades no contempladas en la licencia original, cuando son inherentes al giro principal del negocio.
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Sobre todo este escenario, la abogada comentó que el inconveniente principal es que no existe un procedimiento claro para ampliar una licencia de funcionamiento.
Las empresas que desean cumplir con las exigencias de la municipalidad se ven obligadas a tramitar una nueva licencia. Esto implica iniciar un procedimiento para dar de baja el permiso y, durante este tiempo, las empresas quedan sin una, exponiéndose a clausuras temporales.
Además, este nivel de exigencia no solo afecta a grandes industrias, sino que también puede complicar la operatividad de las Micros y Pequeñas Empresas (Mypes).
Como un caso extremo, incluso, Francia señaló que un pequeño depósito o área de almacenamiento puede ser considerado como una variación no autorizada, lo que podría llevar a la imposición de sanciones.
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En cuanto a los plazos, la asociada principal del Estudio Echecopar explicó que, cuando las municipalidades inician procedimientos sancionadores, estos deben resolverse en un máximo de nueve meses. Este periodo comienza a contar desde el momento en que la empresa es notificada sobre la infracción. Si el procedimiento sancionador no concluye dentro de este lapso, la acción caduca, lo que significa su archivamiento automático.
Cabe señalar que, durante este proceso, la empresa puede seguir operando con normalidad, ya que la resolución no es definitiva hasta que se emita un fallo formal.
De otro lado, uno de los inconvenientes que observó Francia es que, aunque la empresa decida llevar el caso a la justicia mediante un proceso contencioso administrativo, este no suspende automáticamente una clausura. Para evitar el cierre del local, las empresas tendrían que solicitar una medida cautelar mientras el proceso judicial sigue su curso.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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