El posible retiro de fondos de la AFP será de hasta 4 UIT. (Foto: Andina)
El posible retiro de fondos de la AFP será de hasta 4 UIT. (Foto: Andina)

La posibilidad de acceder a un sétimo de retiros de fondos de los aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones ha cobrado fuerza luego de que la , Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del aprobara, el pasado 25 de marzo del 2024, una propuesta que permitiría a los afiliados sacar hasta 4 UIT (S/20,600) de sus cuentas individuales.

En principio, la iniciativa posibilita el retiro extraordinario y facultativo de parte de los fondos acumulados para todos los afiliados al sin excepción, y se estima que unas 7 millones de personas podrían acogerse al beneficio.

No obstante, tanto las AFP como la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas han cuestionado el proyecto, debido a que, señalan, atenta contra la reforma del sistema que busca que cada vez más peruanos puedan alcanzar una pensión adecuada.

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En ese marco, Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, indicó que si uno retira S/20,600 (4 UIT) de su fondo hoy, podrá recibir una menor pensión de jubilación a partir de los 65 años, dependiendo de cuántos años le falten para jubilarse.

“Así, asumiendo una rentabilidad promedio de 9% anual en el futuro (rentabilidad menor al 10% anual histórico de las en sus 30 años) y que me jubilo con una renta vitalicia (pensión de por vida) en una aseguradora que paga una pensión mensual del 0.5% de mi fondo acumulado, existen tres escenarios posibles”, apuntó.

  • Si me faltan 10 años para jubilarme, mi fondo se reduciría en S/48,768, y dejaría de recibir S/244 mensuales de pensión de por vida.
  • Si me faltan 20 años para jubilarme, mi fondo se reduciría en S/115,451, y dejaría de recibir S/577 mensuales de pensión de por vida.
  • Si me faltan 30 años para jubilarme, mi fondo se reduciría en S/273,314, y dejaría de recibir S/1,367 mensuales de pensión de por vida.
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¿Cómo sería el retiro?

Los afiliados podrán ingresar sus solicitudes para el sétimo retiro, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de esta norma.

  • Primera parte: Hasta una UIT (S/5,150) y se entregará 30 días después de computada la solicitud.
  • Segunda parte: Hasta una UIT (S/5,150) 30 días después de la entrega del primer monto.
  • Tercera parte: Hasta dos UIT (S/10,300) 30 días después de la segunda entrega.
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