
La Comisión de Economía del Congreso agendó para hoy la sustentación de los proyectos de ley para el retiro de fondos de las AFP. La sesión fue agendada para las 10:00 a.m.
Se trata de los proyectos 10153/2024, 10227/2024 y 10355/2024, en los que se plantea -bajo diferentes modalidades- disponer el retiro de los fondos aportados a las AFP.
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Estos son los proyectos con sustentación en agenda:
Retiro de AFP hasta por 4 UIT (PL 10153/2024-CR)
Presentada por Américo Gonza, congresista de Perú Libre. Esta propuesta tiene como fin aliviar los efectos de la contracción económica, la inflación persistente y el aumento del costo de vida.
En este caso, los afiliados que aprueben la propuesta podrán presentar su solicitud ante su AFP y recibir los fondos en desembolsos mensuales de hasta una UIT (S/ 5,350) cada 30 días, hasta completar el retiro total de cuatro UIT.
El retiro será del 95.5 % del fondo acumulado, incluyendo la rentabilidad, dejando un 4.5% para garantizar el acceso a los beneficios de la seguridad social en EsSalud. Si el afiliado opta por vivir en el extranjero, podrá transferir el 100% de sus fondos a cuentas individuales de capitalización fuera del país, siempre que acredite su domicilio en el extranjero.
Además, esta iniciativa propone que los afiliados puedan disponer de hasta el 50% de sus fondos por razones de desempleo, si tienen más de 60 días sin trabajo y son menores de 55 años. También podrán retirar hasta el 50% para financiar estudios superiores, tanto en el país como en el extranjero, o para cubrir los estudios de sus hijos, cónyuge o conviviente.
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Retiro de AFP hasta por 4 UIT (PL 10227/2024-CR)
Una de las propuestas es el proyecto de ley 10227/2024-CR, presentado por Darwin Espinoza, legislador de Podemos Perú. Su objetivo es mitigar los efectos del alza del costo de vida y fomentar la dinamización de la economía nacional.
Según esta propuesta, el procedimiento para solicitar el retiro extraordinario y voluntario de los fondos de pensiones incluye los siguientes pasos: los afiliados deberán presentar la solicitud de manera virtual o presencial, dentro de los 30 días posteriores a la vigencia del reglamento de la ley. Los fondos se entregarán en montos de hasta una UIT (S/ 5,350) cada 30 días calendario, con el primer desembolso realizado 30 días después de la presentación de la solicitud.
Si el afiliado decide no retirar los fondos, podrá solicitar la cancelación de la solicitud por única vez, diez días antes del próximo desembolso. Además, estos fondos no podrán ser objeto de descuentos, embargos ni retenciones.
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Retiro de AFP hasta por 4 UIT (PL 10355/2024-CR)
Presentado por el congresista Segundo Quiroz, se propone autorizar, de manera extraordinaria y facultativa, el retiro de hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos acumulados en las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). dicho retiro podrá efectuarse de manera total o parcial, según la decisión del afiliado, con el fin de mitigar los efectos económicos adversos que afectan a la población.
Este retiro aplicaría a todos los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP), salvo aquellos que califiquen para la jubilación anticipada por desempleo (REJA).
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