El Gobierno Regional de Ayacucho identificó la existencia de 25 cabeceras de cuenca (zonas de acumulación de agua) en un área de más de 16,000 kilómetros cuadrados en esa región, y declaró de interés regional la conservación y protección de las mismas, a través de una ordenanza regional.
Esta última dispuso además que la Dirección Regional de Minería de Ayacucho identifique todo tipo de actividad minera que se realice en las referidas cabeceras, sea legal o ilegal “y tome las acciones que por ley correspondan”, si bien no detalla a qué acciones se refiere.
La ordenanza argumenta que pese a existir órganos del Gobierno encargados de regular la explotación minera, se dan concesiones sin restricción alguna en diversas cabeceras de cuenca, generando conflictos sociales entre mineras y comunidades.
Restricción
Consultada sobre el tema, Ana Leyva, especialista en temas ambientales de Cooperacción, observó que una declaratoria de conservación y protección en las cabeceras de cuenca (como la mencionada), podría, efectivamente, restringir la actividad minera en esas áreas, así como cualquier otra actividad productiva.
No obstante, explicó que -según el ordenamiento legal- quien tiene que declarar la conservación y protección en las cabeceras de cuenca es la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
Ofrecimiento
Vale recordar que el Ministerio del Ambiente (Minam) anunció en noviembre del 2021 que Ayacucho sería la primera región donde se zonificarán las cabeceras de cuenca, siguiendo un marco metodológico de la ANA, y que los resultados de ese proceso estarían listos en el primer trimestre del 2022.
Sin embargo, Leyva observó que ese anunciado proceso, así como el consiguiente procedimiento de ordenamiento territorial (que definirá qué actividades se podrán permitir en esas zonas), aún no han empezado.
Remarcó que luego de que se conozca el estudio que elabore la ANA, recién se podrá determinar qué tipo de protección necesitan la cabeceras de cuenca.
“Hay varios tipos de protección que se les puede aplicar (a esas áreas), una de ellas es la posibilidad de que se declare su intangibilidad (y no haya minería)”, anotó.
A nivel nacional
En tanto, un reporte del Minem observa que, entre octubre del 2019 a igual mes del 2021, las áreas restringidas a la minería a nivel nacional aumentaron en 12%, abarcando hoy 44.9 millones de hectáreas.
Los 5 millones de ha adicionales se explican en parte por la incorporación de las denominadas reservas indígenas, las reservas territoriales y la red vial nacional.
CIFRAS Y DATOS
- Restringido. Un 35% del territorio nacional está actualmente restringido a la actividad minera.
- Reservas. En dos años, el Gobierno reconoció a cinco reservas indígenas en 2.8 millones de ha ( 2.2% del territorio).
- Minería. Esa actividad abarca hoy solo 1.57% de todo el territorio nacional.