En julio de este año, la Comisión de Economía del Congreso aprobó un dictamen que agrupa 19 proyectos de ley, la cual busca reprogramar las deudas en el sistema financiero y que no se generen cargos adicionales a los deudores, en un contexto marcado de la pandemia del COVID-19.
El vicepresidente de la Comisión de Economía del Congreso, José Nuñez, señaló a Gestión.pe que dicho dictamen aún no ha podido ser debatido en el Pleno del Congreso, sin embargo, se espera que realizarse a fines del mes de setiembre o inicio de octubre.
Según precisó, la próxima semana no se realizarán actividades en el Congreso al estar en la semana de representación. Cabe precisar que en el Pleno de este jueves no está agendado el debate del dictamen de esta propuesta legislativa.
“Creo que se estaría debatiendo a inicios de octubre (el dictamen). Yo sí lo veo con mucha importancia porque en verdad es preferible que la gente no caiga en incumplimiento de pago. Es preferible que por lo menos llegue a pagar los intereses y que se les de un respiro en este periodo porque recién se está reactivando la economía y en las regiones la cuarentena ha sido extendida hasta finales de setiembre”, dijo.
Sin nuevos ajustes
El congresista Indicó que el dictamen será debatido tal cual se aprobó en julio pasado, descartando que se haya agregado nuevas disposiciones que vayan a beneficiar a personas de altos patrimonios.
“Tal cual está (el dictamen) se va a debatir . No es un congelamiento de deuda. Si bien hay bancadas que lo promueven como un congelamiento de deudas, el congelamiento implica cortar los ingresos a las entidades financieras y este no es un congelamiento, es una reprogramación, no se desconoce la deuda”, explicó.
“No se ha aprobado nada de eso (beneficio a personas de altos patrimonios). La idea es que existan límites. Si una personas se ha comprado un yate, digamos, no aplica para ello. Hablamos de créditos de consumo, créditos hipotecarios, necesidades reales del ciudadano en general, no para créditos en cosas de lujo", agregó.
En efecto, el dictamen señala que se podrían acoger a la reprogramación de deudas las personas naturales cuyos ingresos brutos mensuales no excedan las 2.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, hasta los S/ 10,750.
Además, beneficiará a las personas jurídicas que no hayan sido beneficiadas con Reactiva Perú o FAE-MYPE, y cuya facturación mensual bruta no exceda el equivalente a 30 UIT (S/ 129,000).
La norma también busca que no se generen cargos adicionales a los usuarios que no hayan pagado las cuotas de sus deudas durante los meses en emergencia o 90 días tras la entrada en vigencia de la norma.