El Congreso de la República aprobó una tercera ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), pese a las diversas y numerosas advertencias de su fallido y rotundo proceso.
La actual vigencia del Reinfo vence este 31 de diciembre, luego de aprobarse su extensión en el 2021. Ahora, la autógrafa de ley, que aprobaría el Ejecutivo, establece una prórroga hasta el 30 de junio del 2025 y la posibilidad de ampliarlo seis meses más a decisión del Ejecutivo: un año más en la práctica.
De acuerdo con diversos expertos, esta tercera ampliación del Reinfo, mecanismo vigente desde el 2017, no suma esfuerzos para combatir el avance de la minería ilegal, pues en sus siete años solo logró la formalización de un 2% de un universo de casi 90,000 inscritos.
Detalle
En este contexto, el estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uria, en exclusiva para Gestión, realizó una estimación del tiempo que se requiere para cumplir con todos los requisitos de formalización de la pequeña minería y la artesanal.
Considerando un escenario conservador, por ejemplo, de ir proceso por proceso sin hacerlos en paralelo (aunque en la teoría sí se puede), se estima que la formalización minera demoraría alrededor de 34 meses, bordeando los dos años y 10 meses.
Solo con la vigencia del Reinfo hasta este 31 de diciembre, se habría tenido más de dos veces y medio de tiempo para cumplir con la formalización. Lo cierto, sin embargo, es que, en la actualidad, casi el 80% del total de inscritos tiene su proceso “suspendido”.
En detalle, son siete los requisitos que demanda la actual normativa sobre la pequeña minería y la artesanal. Estos son: contar con un RUC, tener un registro de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (IQBF), un Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM), una declaración jurada que equivale al Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos y una autorización de inicio o reinicio de actividades mineras.
Sin embargo, los especialistas consultados coinciden en que son dos los requisitos en lo que se centra lo tedioso de este proceso: obtener la autorización de propiedad o autorización de uso de terreno superficial, y la acreditación de titularidad del contrato de cesión o de explotación.
Sobre el primero, desde PPU, se señaló que “el plazo varía en cada caso particular debido a que está sujeto a las negociaciones que lleven a cabo el titular del terreno superficial y el minero informal”.
Respecto a la acreditación, el estudio precisó que son tres los caminos para cumplir con este requisito. “La primera consiste en la obtención de la titularidad de una concesión minera, para lo cual se debe realizar un procedimiento administrativo que demora alrededor de ocho meses”. Esto es siempre y cuando se trate de un área libre (es decir, donde no se haya otorgado concesiones mineras).
La segunda y tercera alternativa es obtener un contrato de cesión o un contrato de explotación. “En ambos casos, el plazo va a variar en función de cada caso en concreto, debido a que dependerá de cuánto demoren las negociaciones entre el minero informal y el titular de la concesión minera”, apuntaron.
“Los dos grandes cuellos de botella para formalizarse, y que de hecho están fuera del control de los mineros que efectivamente lo quieren, es la firma del contrato de explotación y la autorización para el uso en los terrenos superficiales”, subrayó Rafael Lengua, socio de minería del Estudio Philippi Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría.
A su turno, Miguel Inchaustegui, extitular del Ministerio de Energía y Minas (Minem), coincidió en que la negociación que más demora es la de obtener un acuerdo con el titular de la concesión minera.
“El tiempo para lograr un acuerdo con el concesionario depende más que nada de la voluntad de ambas partes y ahí es donde la ley o el Gobierno nacional podría promover un acuerdo de ganar para ambas partes”, apuntó.
Sin embargo, ambos expertos coincidieron en que, de cualquier modo, se trata de tiempo suficiente para poder habido formalizarse quienes realmente tuvieron la intención.
“Es mucho tiempo [alrededor de 34 meses]. Un proceso de formalización no puede tomar dos años y medio para concretarse. Y, justamente, un régimen que busque legalizar la pequeña minería tiene que buscar que se cumplan los plazos de formalización”, anotó Lengua.
Incháustegui también apuntó que un tercio de los titulares de las concesiones son pequeños mineros, con lo que se evidencia que existe un desafío grande debido a que los mineros de dicha escala desean avanzar, pero con un acuerdo positivo para ellos.
“El tiempo para lograr un acuerdo con el concesionario depende más que nada de la voluntad de ambas partes y ahí es donde la ley o el Gobierno nacional podría promover un acuerdo de ganar ganar. Puede durar años, debido a que no existe una obligación por parte del titular de la concesión minera”, dijo el exministro.
“Lo que generó este régimen de formalización es una suerte de limbo para que operen provisionalmente en áreas de terceros mientras negocian. Se creó un régimen bastante conveniente para el informal porque puede hacer minería legal cumpliendo muy pocos requisitos, muy pocas regulaciones y estando casi sin ser fiscalizado”, complementó Lengua.
Bachiller en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), especializado en economía, negocios, mercado laboral, políticas públicas, tributario, procesos concursales.
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