
Uno de los temas que ha dado que hablar en los últimos días son los ajustes vinculados a la transferencia de titularidad en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) por sucesión, conocido como “Reinfo hereditario”.
El Decreto Supremo Nº 009-2025-EM que aprobó el reglamento de la ley de rectoría y ampliación del Reinfo (hasta ahora extendido hasta junio de este año, con posibilidad de extenderlo seis meses más), también hizo algunos cambios al Reinfo hereditario.
“Se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Reinfo por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción. La sucesión debe encontrarse inscrita en los registros públicos", se lee en el DS.
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Es más, se agrega que, en caso exista más de un heredero, la solicitud debe ser presentada por una persona jurídica conformada únicamente por los herederos del fallecido, “para efectos de determinar un único responsable de los impactos generados por el desarrollo de la actividad minera y culmine el proceso de formalización minera integral”.
Sobre el tema, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) ya había referido en un comunicado que la minería a pequeña escala es mayoritariamente una actividad familiar.
Añadió que si un minero está en proceso de formalización y fallece, “es necesario y razonable permitir que sus herederos continúen con este esfuerzo de formalización conforme a las normas vigentes”.
En este contexto, Gestión conversó con Julia Torreblanca, presidenta de la Sociedad Nacional de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE). ¿Qué piensa el gremio sobre el Reinfo hereditario?
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-¿Ha generado preocupación la posibilidad de que se pueda heredar la titularidad en el Reinfo?
Es una pésima señal, es un desconocimiento pleno del derecho porque el Reinfo solo es un registro, no es un derecho. (Su registro) no otorga ningún título, no hay ninguna propiedad. Que alguien puede heredar un registro es como que yo mencione que desde mañana le voy a heredar mi RUC a mis hijas, no puedo hacer eso.
-Entonces, ¿esa es otra corrección que se debería introducir al reglamento?
El Reinfo no es un bien, hay que corregir esto. Además, al decir que es heredable da la sensación también, y se puede entender así, que hay una intención velada del Gobierno de hacer permanente este régimen que solamente era un proceso de formalización temporal.
-¿Cree usted que al otorgar y ajustar este “derecho” a heredar el Reinfo en el reglamento el Minem está excediendo la competencia de esta norma?
En mi opinión, sí. Pero, eso es algo que esperamos que los especialistas también lo puedan confirmar.

Comunicador social. Estudió en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, e Inglés en la PUCP. Diplomado en Economía y Finanzas en la Universidad de Esan.