Tras diez meses desde que el gobierno de Pedro Castillo anunciara en Cusco la promesa de una segunda Reforma Agraria -y luego de cinco ministros de Desarrollo Agrario y Riego-, el Ejecutivo se dispone a aprobar un proyecto de ley que “garantiza la intervención multisectorial con enfoque territorial para el desarrollo agrario y rural”, el cual será presentado al Congreso de la República para su posterior debate y aprobación.
Gestión.pe supo que la iniciativa -que contiene nueve capítulos- ya se encuentra en evaluación en el Consejo de Viceministros y se esperaría su aprobación en la sesión del Consejo de Ministros de esta semana.
De acuerdo al proyecto, elaborado a partir de otras iniciativas presentadas por 24 organizaciones de productores agrarios que integran la Plataforma Nacional del Agro Peruano (Planagro) y la Asamblea Nacional de los Pueblos (ANP), la denominada Segunda Reforma Agraria apunta a cuatro objetivos: la formalización de la propiedad de la tierra; la gestión social del agua; mejores accesos a servicios para mejorar la productividad y competitividad; y acceso a mecanismos de financiamiento.
Para lograrlo, el gobierno propone destinar, de forma gradual, no menos del 5% del Presupuesto General de la República para la implementación de la Segunda Reforma Agraria.
Propiedad de la tierra
El proyecto de ley aborda un tema sensible considerando la experiencia de la primera reforma agraria de 1969, descrita como “una de las más radicales de América Latina debido a la expropiación de más de 8 millones de hectáreas” que estaban en manos de haciendas: la propiedad de la tierra. Al respecto, la iniciativa parte señalando que se garantizará la seguridad jurídica de la propiedad colectiva e individual de la tierra.
¿Qué otros puntos incorpora? En el marco de la implementación de la Segunda Reforma Agraria, el Estado busca también el reconocimiento de los derechos a la titulación de tierras de los pueblos indígenas u originarios, andinos, amazónicos y afroperuanos de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Asimismo:
- Promueve y adjudica de manera subsidiada tierras a las comunidades campesinas y nativas sin tierra dedicados a la agricultura familiar, en concordancia con el marco legal vigente.
- Adjudica las tierras del Estado a las diferentes formas organizativas vinculadas a la agricultura familiar y comunitaria, en concordancia con marco legal vigente.
- Prioriza a las comunidades campesinas y nativas y organizaciones de productores agrarios de la agricultura familiar y comunitaria, en caso de proyectos de irrigación en tierras eriazas u otras adjudicaciones con fines agrarios.
Pero otra problemática que apunta a “solucionar” el proyecto de ley en relación a las tierras es sobre la concentración de las mismas tras la vigencia del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, según menciona en su exposición de motivos. En esa línea, propone establecer en las normas reglamentarias de la futura ley el límite de la tenencia de la tierra, para evitar la gran concentración y el acaparamiento de las tierras y al mismo tiempo evitar la atomización de predios rurales.
También señala que se garantizará el saneamiento físico legal de las tierras y territorios antes de emitir actos administrativos susceptibles de afectar las tierras y territorios de comunidades campesinas y nativas, en concordancia con el marco legal vigente.
Análisis
Consultado por el impacto que tendría una regulación estatal sobre el límite de tierras, Laureano del Castillo, responsable del Programa de Políticas Rurales del Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES), dijo a Gestión.pe que la propuesta tal y como está redactada es solo “un saludo a la tribuna”.
La Constitución -agrega- ya permite al Estado establecer límites a la propiedad a excepción de una función social y ambiental, siempre que se haga a través de una ley. “La ley puede fijar límites pero si el proyecto que se presentará no lo incorpora y recién se establecerá cuando se apruebe su reglamento, sería inconstitucional”, señala como un primer punto.
Pero el especialista también anota que será difícil establecer un límite (monto de hectáreas). En la primera reforma agraria, el gobierno de Velasco Alvarado propuso límites diferentes para la costa y sierra porque debe considerarse la calidad de la tierra y zona geográfica. Pero incluso estableciendo parámetros, Del Castillo afirma que esta propuesta no garantiza el desarrollo del sector agropecuario. “La ley tampoco es retroactiva por lo que que aquellos que ya cuentan con un número importante de hectáreas no serán perjudicados; además, no queda definido qué es la concentración de tierras y qué es la atomización en un país donde predomina el minifundio”, afirmó.
Otro punto que analiza Del Castillo está relacionado a la propuesta de promover y adjudicar de manera subsidiada tierras a las comunidades campesinas y nativas sin tierra y dedicados a la agricultura familiar. Según menciona, la iniciativa podría caer en una propuesta populista pues no se trata de solo adjudicar, sino, de reconocer dichas tierras que poseen siempre que no vulneren otras leyes sobre la propiedad, como las concesiones que ya puedan haberse otorgado en la misma zona.
“Hay dos derechos de propiedad (las concesiones y la propiedad superficial), y no se puede desconocer que se hayan otorgado concesiones antes. Serán dos derechos que deberán coexistir”, menciona.
Finalmente, sobre priorizar a las comunidades nativas y campesinas en adjudicaciones para fines agrarios, incluyendo las tierras en los proyectos de irrigación -considerando el destrabe de los proyectos Chavimochic III y Maje-Siguas II-, el representante de Cepes indicó que “no solo se trata de beneficiarlos, debe existir una responsabilidad de invertir y apuntar al desarrollo de los cultivos, considerando que muchas especies recién son rentables al tercer o cuarto año de producción”.
Datos
- En el proyecto de ley también se incorpora declarar de necesidad pública e interés nacional la adjudicación colectiva de las tierras estatales a las organizaciones originarias e indígenas, agrarias y campesinos sin tierra; además con inversiones de infraestructura hidráulica, productiva, exoneración tributaria, financiamiento y créditos, tecnificación, integración vial, luz trifásica, entre otros.
-Asimismo, añade que el Estado garantizará, como política prioritaria, la seguridad jurídica y titulación de la propiedad territorial colectiva de las comunidades campesinas y nativas, siendo de competencia de los Gobiernos Regionales.