El Tribunal Fiscal (TF) ha emitido un nuevo criterio obligatorio que regula cómo se pueden reducir las multas a los contribuyentes que no presenten sus declaraciones tributarias a tiempo. El precedente aclara que, bajo ciertas condiciones, las empresas pueden acceder a descuentos en las sanciones si cumplen con subsanar la infracción dentro de los plazos establecidos y si sus ingresos no superan ciertos límites.
Este nuevo criterio aplica tanto para el Impuesto a la Renta. Pero ¿qué otros tributos cubre?
LEA TAMBIÉN: Caso Telefónica: tras decisión del PJ sobre cartas fianza, ¿qué puede hacer Sunat?
Análisis del tribunal fiscal
Una empresa que no presentó a tiempo su declaración de aportaciones al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (EsSalud), fue multada por Sunat, según lo establece el Código Tributario, que sanciona la falta de presentación de declaraciones en los plazos fijados.
La empresa apeló la multa argumentando que, debido a que pertenece al Régimen MYPE Tributario, podía acogerse a la rebaja de la multa establecida en el régimen de gradualidad, que permite reducciones de hasta el 95% si la declaración es subsanada antes de la ejecución coactiva. Sin embargo, la Sunat rechazó esta solicitud, alegando que la empresa no cumplía con los requisitos para acceder a dicho beneficio.
El TF analizó si el régimen de gradualidad, previsto en el Reglamento del Régimen de Gradualidad, era aplicable únicamente a las infracciones relacionadas con el Impuesto a la Renta (IR) de Tercera Categoría o si se extendía a otros tributos.
El Tribunal concluyó que no solo aplica al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, sino también a otras obligaciones tributarias como el Impuesto General a las Ventas (IGV) o las aportaciones al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud.
Es decir, siempre que el contribuyente cumpla con los requisitos del régimen (pertenecer al Régimen General o MYPE Tributario y no superar los ingresos de 150 UIT en el año anterior), puede acceder a las rebajas de multa previstas, independientemente del tipo de tributo relacionado con la infracción.
LEA TAMBIÉN: ¿Traes algo en tu maleta para otra persona? aclaran procedimientos aduaneros
Ampliación del régimen de gradualidad
Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, explicó que la ampliación del régimen de gradualidad se refiere a la extensión de los beneficios de reducción de multas más allá del impuesto a la renta, que originalmente era el único tributo incluido en este régimen.
Antes, solo aquellos contribuyentes que presentaban declaraciones relacionadas con el impuesto a la renta podían beneficiarse de una reducción en las sanciones por presentar sus declaraciones fuera de plazo.
Sin embargo, con la ampliación del régimen, ahora también se incluyen otros tributos como el IGV y algunas contribuciones personales, como las vinculadas a la salud. Esto significa que, si un contribuyente presenta una declaración tardía de IGV o alguna otra contribución que no estaba contemplada anteriormente, puede acogerse a este beneficio y reducir las multas hasta en un 95%.
La clave de esta ampliación es que ya no está limitada a las declaraciones anuales o mensuales del impuesto a la renta, sino que se aplica a cualquier declaración determinativa que esté relacionada con otros tributos.
“Esto incrementa el número de contribuyentes que pueden acceder a la reducción de multas, incentivando así el cumplimiento tributario, incluso cuando las declaraciones se realizan después del plazo establecido”, dijo.
LEA TAMBIÉN: Velarde: inflación en septiembre “probablemente” sea negativa
Los impuestos que se podrían acoger a la gradualidad
De acuerdo con lo explicado por Balza, además de cumplir con los requisitos relacionados con el régimen tributario y el límite de ingresos, la gradualidad puede aplicarse a una amplia gama de impuestos y contribuciones.
Entre los tributos que pueden beneficiarse de este régimen se encuentran el Impuesto a la Renta, el IGV, el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), así como las aportaciones a Essalud y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
También estarían incluidos el Impuesto al Consumo de Bolsas de Plástico y los tributos derivados de la Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y las apuestas deportivas a distancia, entre otros.
LEA TAMBIÉN: Sunat: Ahora podría ser más difícil sustentar si los gastos son reales o no, ¿por qué?
Katarzyna Dunin Borkowski, de PwC, señaló que el régimen de gradualidad es favorable porque permite a los contribuyentes regularizar su situación sin entrar en litigios, ofreciendo rebajas significativas en las multas, lo que fomenta el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Destacó que, si bien algunas infracciones exigen tanto subsanar como pagar, el régimen está diseñado para que los contribuyentes puedan corregir sus infracciones sin enfrentar grandes penalidades, promoviendo así una mayor transparencia y reducción de la incertidumbre en el sistema tributario.
Por su parte, Giorgio Balza reforzó esta opinión al subrayar que la ampliación del régimen elimina la incertidumbre que existía previamente sobre la aplicación de la gradualidad a impuestos distintos del Impuesto a la Renta, como el IGV.
Balza resaltó que la medida otorga seguridad jurídica, ya que los contribuyentes ahora tienen la certeza de que pueden acogerse a una reducción de hasta el 95% en las multas si cumplen con los requisitos. Además, destacó que esto incentiva a regularizar las declaraciones tardías al reducir considerablemente los costos asociados a las multas.
LEA TAMBIEN: Amnistía y fraccionamiento tributario: ¿Resuelven los problemas de la Sunat?
Te puede interesar leer:
- Tribunal Fiscal implementa Sistema de Expediente Electrónico, ¿qué funciones tendrá?
- Se podría perder crédito fiscal si comprobantes no se anotan en el mes de emisión
- En qué casos el sueldo de un trabajador puede ser embargado: las implicancias legales
Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.