Paro de transportistas: camioneros de carga deciden no plegarse ¿por qué?
Ocho meses después de promulgada la modificación a la Ley del Sistema Portuario Nacional para permitir a los titulares de puertos privados de uso público (como el puerto de Chancay) dar servicios en forma exclusiva, ahora, el Ejecutivo presentó una propuesta de reglamento a fin de concretar su entrada en vigencia.
Como se recuerda, en junio del 2024, el Gobierno promulgó el cambio a esa ley, poniendo fin a la polémica surgida luego que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) demandara que se anule el acuerdo con Cosco Shipping que le otorgaba la exclusividad para prestar servicios esenciales en el puerto de Chancay, aduciendo que no tenía facultad para ello porque no estaba normado.
La modificación legal establecía que el respectivo reglamento debía ser promulgado a los 90 días calendario, es decir, que el plazo sería hasta setiembre del año que pasó.
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MTC presenta propuesta
Sin embargo, recién este jueves, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) entregó una propuesta de decreto supremo para su prepublicación, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y la ciudadanía, por un plazo de 15 días calendario (hasta el 20 de este mes).
El reglamento propuesto, al que tuvo acceso Gestión, en principio recoge el espíritu de esta modificación, estableciendo que los administradores portuarios de terminales de titularidad privada y de uso público deben indicar en su requerimiento si solicitan la exclusividad en la prestación de servicios portuarios esenciales.
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En este punto, es válido recordar que, si bien en nuestro país existen diversos puertos privados, en su mayoría para mover carga minera o de hidrocarburos de las mismas empresas, solo uno es de titularidad privada y de uso público: el de Chancay, cuyo operador Cosco Shipping reclama su exclusividad en la prestación de servicios esenciales en el puerto.
En esa línea, la normativa propuesta dispone que quienes, siendo terminales de titularidad privada de uso público, opten por dar servicios esenciales de manera exclusiva deben solicitarlo a la autoridad portuaria competente. Dicho pedido de exclusividad, apunta, será de aprobación automática e integrará el respectivo plan maestro para la operación del puerto.
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Extensión de plazos de concesión
Además, el reglamento planteado determina los pasos a seguir para que los operadores portuarios puedan extender los plazos de sus contratos de concesión hasta por un periodo adicional de 30 años, como lo estableció la modificación a la referida ley. La prórroga debe realizarse mediante adenda.
Actualmente, el texto original del reglamento vigente estipula que cualquier prórroga a los concesionarios de puertos debía establecerse en las bases de la licitación pública y en el respectivo contrato.
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Deberán sustentar pedido de prórroga
Asimismo, establece que la petición de prórroga debe incluirse en la propuesta de modificación contractual, vía adenda, con los correspondientes sustentos jurídicos, técnicos y económico-financieros, en el marco de la normativa de las asociaciones público-privadas.
Igualmente, esa solicitud puede ser presentada antes del quinto año previo a la culminación del plazo contractual, en tanto que la prórroga se sujete a los lineamientos de evaluación que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) vía resolución ministerial.
El MTC deberá emitir resolución aprobando los lineamientos de evaluación para la petición de prórroga del plazo contractual, en un plazo máximo de 60 días hábiles, dispone la iniciativa.
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Inversiones fuera de la concesión
Otra modificación al reglamento permite a los administradores portuarios, incluir propuestas de mejora para la conectividad y competitividad del puerto, dentro de sus propios planes maestros para la operación de los puertos bajo su concesión, previa coordinación con las entidades competentes.
En esa línea, incorpora al reglamento una quinta disposición transitoria que establece la posibilidad de que los concesionarios puedan realizar inversiones privadas fuera del área de su concesión, para mejorar la conectividad y competitividad del puerto, previa modificación contractual.
Esas inversiones, añade, podrán ser promovidas de manera individual o conjunta cuando los proponentes correspondan a un mismo puerto, pudiendo dicha inversión incluir la construcción, operación y mantenimiento de las obras de mejora planteadas.
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Asimismo, aplica el silencio administrativo positivo para el proyecto que plantee el operador del puerto en caso se presente a la Autoridad Marítima para pronunciamiento sobre los efectos de la obra respecto a la seguridad jurídica y protección a la vida en el mar. Esto considera que no se haya recibido respuesta de la autoridad en un plazo máximo de 20 días hábiles.
La urgencia del antepuerto y vías camioneras
Consultado sobre esta propuesta, el presidente de la Comisión de Asuntos Portuarios de la Cámara de Comercio de Lima, Alberto Ego Aguirre, saluda la posibilidad de que este reglamento abra la posibilidad de que los operadores de puertos puedan invertir fuera de su área de concesión.
En ese aspecto, refiere que temas urgentes a resolver son el de la falta de infraestructura para complementar la operación de puertos como el del Callao. Aquí señala que se requiere urgente de un antepuerto para el ingreso ordenado de vehículos de carga por vía terrestre a ese terminal o de carreteras exclusivas para camiones. Esto debe realizarse de la mano con el Estado.
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Observa que los empresarios ya han hecho las inversiones en puertos y están terminando el aeropuerto Jorge Chávez, pero indica que ni este Gobierno ni los anteriores, ni las autoridades municipales o regionales avanzaron en las obras para la conectividad de la nueva infraestructura. Agrega que el problema es que el Ejecutivo no toma la opinión del sector privado.
¿APMT se acogerá a la prórroga ?
Antes de conocerse esta propuesta de reglamento, Gestión había consultado a APM Terminals Callao, operador del Terminal Norte Multipropósito, si planeaban extender su plazo de concesión más allá de los 30 años que permite su actual contrato o realizar inversiones fuera de su área de concesión en el puerto del Callao.
Al respecto, esa compañía respondió que el extender su plazo de concesión era un tema que estaba sujeto al reglamento que finalmente apruebe el MTC y que cuando saliera podría dar una respuesta.
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Sin embargo, anticipó que, si esa normativa lo permite, la empresa podría evaluar desarrollar el proyecto del antepuerto en el Callao, atendiendo a una propuesta que le hizo en ese sentido la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
Hasta el momento, se conoce que el único operador que ha planteado solicitud para extender su plazo de concesión a la APN (en el marco de la nueva ley) es la empresa Tisur, concesionaria del puerto de Matarani.
Adex: propuestas al reglamento
En tanto, Adex, en carta dirigida a la APN, planteó que era necesario establecer condiciones mínimas que se deberá exigir para concretar la ampliación de las concesiones portuarias por 30 años adicionales.
Asimismo, propuso que se pudiera contar con planes maestros de cada puerto que deberían iniciar su proceso de actualización cinco años antes de su vencimiento y que las proyecciones deberán realizarse por puerto y no por terminal, el caso del Callao.
Planteó, además, que deberían incluirse fechas concretas de inicio de operaciones de la nueva infraestructura básica y también del equipamiento establecido con gatillos de obligatoriedad para su implementación.
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Comunicador social. Estudió en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, e Inglés en la PUCP. Diplomado en Economía y Finanzas en la Universidad de Esan.
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