El Gobierno aprobó un decreto legislativo que establece disposiciones que permitan a la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) identificar, formular y ejecutar inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay.
Mediante Decreto Legislativo Nº 1659, publicado hoy en el diario El Peruano, se señala que la ANIN generará una cartera de inversiones estratégicas que incluya proyectos con montos menores a S/ 200 millones, con la finalidad que se ejecuten de manera eficiente y eficaz, contribuyendo al desarrollo económico, reducción de la pobreza e incremento de la competitividad.
Dicha norma se emite en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso al Poder Ejecutivo para legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional.
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El decreto legislativo comprende a todas las entidades del gobierno nacional, regional y local, incluidas las empresas públicas, y explica que se generará una Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales (CIET) que formará parte de la ANIN.
Dicha entidad lidera la coordinación y articulación intersectorial e intergubernamental en torno a la identificación de las inversiones públicas ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay.
La jefatura de la ANIN propondrá la CIET ante la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, las entidades de los tres niveles de gobierno brindan las facilidades necesarias que requiera la autoridad para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto legislativo.
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Lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de la autoridad y al presupuesto institucional de las entidades del Gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local que transfieren dichos recursos a dicha entidad.
El financiamiento para las inversiones públicas de la cartera de infraestructura de la ANIN, puede comprender recursos provenientes de fuentes cooperantes no reembolsables, no vinculadas a operaciones de endeudamiento, a través de compromisos contraídos con países cooperantes como receptores, organismos internacionales, instituciones financieras internacionales, los que se gestionan en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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