ProInversión responde así a las críticas de Contraloría por Línea 2 del Metro de Lima
FOTOGALERÍA. La Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) salió al frente y si bien respaldó la intención de mejorar la eficacia del Sistema Nacional de Control y sus instituciones, también consideró que la aplicación de estas iniciativas a los procesos de adjudicación de proyectos de inversión Público-Privados debe respetar las competencias que el marco legal vigente. En ese sentido, ProInversión respondió así a las observaciones hechas a la adjudicación de la Línea 2 del Metro de Lima.
Primera observación: “En la evaluación técnica de las propuestas de los postores precalificados se estableció un método de verificación de cumplimiento de requisitos (check list, aplicando un criterio “pasa, no pasa”) sin establecer una puntuación para es
Primera observación: “En la evaluación técnica de las propuestas de los postores precalificados se estableció un método de verificación de cumplimiento de requisitos (check list, aplicando un criterio “pasa, no pasa”) sin establecer una puntuación para es
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Primera observación: “En la evaluación técnica de las propuestas de los postores precalificados se estableció un método de verificación de cumplimiento de requisitos (check list, aplicando un criterio “pasa, no pasa”) sin establecer una puntuación para es
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ProInversión no está obligada a utilizar un mecanismo de evaluación determinado. El Texto Único Ordenado de Concesiones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, otorga a PROINVERSIÓN capacidad discrecional respecto al mecanismo de evaluación, cuan
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Cabe indicar que la Ley 29622 (Ley del Sistema Nacional de Control), en su Cuarta Disposición Complementaria Final, señala que los órganos del sistema no pueden cuestionar el ejercicio de la discrecionalidad que las leyes confieren a los funcionarios púb
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En base a la experiencia de ProInversión, es imposible puntuar las Propuestas Técnicas presentadas en el marco de los Concurso de Proyectos Integrales, toda vez que los estudios que desarrollan los interesados en esta fase no contienen el nivel de detalle
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El método de “pasa, no pasa” elimina la posibilidad de valoraciones subjetivas pues obliga al cumplimiento de requisitos específicos (establecidos en este caso con la participación de asesores técnicos de primer nivel internacional y del MTC). Satisfechos
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El Consultor Integral recomendó un sistema mixto compuesto por dos niveles: el “pasa o no pasa” para la propuesta técnica y el “menor costo” para la propuesta económica, el mismo que fue incorporado en las Bases del Concurso y definieron al postor ganador
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Segunda observación: “Se validó irregularmente la propuesta técnica del postor Consorcio Nuevo Metro de Lima, a pesar de haber excedido el uso del método constructivo tradicional establecido en las bases”. Esto, según informó la Contraloría a los medios,
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La evaluación de la propuesta técnica fue realizada por un equipo de expertos nacionales y extranjeros. Consistió en la verificación de 35 requisitos que debían cumplir las propuestas técnicas, y se ajustó estrictamente a lo estipulado en las bases.
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En efecto, las bases permiten el uso del método de excavación tradicional (NATM) complementario al método de excavación con tuneladora (TBM) en el Tramo 1A y en tramos que presentasen determinadas características. El Consultor Integral (Geodata) determinó
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Tercera observación “Se consideró la terminación anticipada de la etapa 1A del proyecto con un costo aprox. de US$ 156.2 millones, basado en un sustento técnico inconsistente (demanda proyectada en la etapa 1A), generando el riesgo de que no se cumpla el
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No existe el sobrecosto de US$ 156 millones para el Estado porque la inclusión de la Etapa 1A en el proyecto Línea 2 se hizo antes de la adjudicación (adjdicación que implicó un ahorro de US$ 169 millones al proyecto producto de la oferta del postor). Ade
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Ante la decisión del Consejo Directivo de ProInversión de adelantar la construcción de la etapa 1A, se solicitó al Consultor Integral evaluar y viabilizar técnicamente dicha iniciativa. Para ello actualizó los estudios de factibilidad.
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Adicionalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas sustentó la conveniencia del adelanto de operaciones (Informe N° 080-2014-EF/63.01) señalando que “(…) los costos (…) son inferiores al valor actual de los beneficios esperados por los usuarios, especia
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Cuarta observación: “Incumplimiento en el plazo de entrega de predios para ejecutar la Etapa 1A”.
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ProInversión es el organismo promotor de la inversión privada. Su competencia en los proyectos de inversión llega hasta la adjudicación. Eventuales incumplimientos por parte del Estado durante la etapa de ejecución no son responsabilidad de ProInversión.
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Quinta observación: “Proinversión debió aplicar una penalidad a los consultores por no haber cumplido en los tiempos correspondientes con el requisito de registrar a sus especialistas en el colegio profesional correspondiente”.
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El Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) establece el contenido mínimo de los estudios para la fase de preinversión a nivel de Perfil y de Factibilidad, y en ningún caso dispone que el trámite de inscripción en el Colegio Profesional sea un requisi
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Condicionar la tramitación de los entregables relacionados a los estudios de preinversión a la inscripción en los Colegios Profesionales hubiera resultado desproporcionado; más aun considerando que la formalidad exigida por la Ley N° 28858 se cumplía con
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El incumplimiento temporal de los consultores extranjeros con el registro respectivo en el Colegio Profesional no invalidó la aprobación de los estudios previstos por el SNIP, sin embargo ProInversión aplicó oportunamente una penalidad a los mismos, hecho
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Desconocer el trabajo de los consultores, y considerar sus informes como 'no entregados' (a pesar de que los mismos sí habían sido realizados) hubiese implicado una contingencia para Proinversion pues dicha penalidad desproporcionada hubiese sid